Cómo presentar una reclamación al seguro de auto, y qué pasa con el expediente después
Presentarla lleva quince minutos. Lo que presentas decide meses. Esta es la secuencia por la que pasa un siniestro y dónde tus decisiones cambian de verdad el resultado.
«Tengo los datos del otro conductor, tengo fotos y tengo un número de siniestro. ¿Y ahora qué?»
Presentar la reclamación es lo fácil: una llamada o unas pantallas de la app, quince minutos, y la aseguradora abre el expediente. Todo lo que importa le ocurre a ese expediente después, casi siempre fuera de tu vista, y las decisiones que cambian lo que paga se toman en la primera semana. Lo que sigue es la forma de un siniestro corriente de daños materiales, recorrido en orden —no un caso que hayamos llevado, sino la secuencia por la que pasa casi todo expediente—, con la regla general enunciada allí donde la secuencia la encuentra.
La apertura del siniestro
La reclamación empieza cuando la reportas, y el reporte se convierte en la columna vertebral del expediente. Das la fecha, la hora y el lugar, una descripción de lo ocurrido, los datos y la aseguradora del otro conductor, si hubo heridos, si acudió la policía y con qué número de atestado, y dónde está el vehículo ahora. Subes fotografías. Recibes un número de siniestro y, en un día más o menos, el nombre de un perito o de un equipo.
Hay dos cosas de esa descripción que merecen más cuidado del que se les da. Queda escrita, no se revisa después, y todos los que lean el expediente más adelante —el perito, el taller, la otra aseguradora, un abogado si llega el caso— la leen como tu versión. Y debe ser una descripción de lo que observaste, no una conclusión sobre quién tuvo la culpa. «El auto de delante frenó y no pude detenerme a tiempo» es una observación. «Le di por detrás, fue culpa mía» es una conclusión a la que no estás obligado a llegar y que puede ser errónea: las jurisdicciones que reparten la culpa entre conductores lo hacen sobre pruebas, y un conductor que frenó en seco sin motivo puede cargar con una parte.
Reporta a tu propia aseguradora aunque estés seguro de que la culpa fue del otro y pienses reclamarle a él. La mayoría de las pólizas convierten el aviso inmediato en una condición de la cobertura, y el reloj de tramitación de la aseguradora empieza a contar desde tu reporte, no desde el choque. Cuán corto es ese plazo, y qué exige el regulador que la aseguradora haga dentro de él, depende de dónde estés; las reglas de tu jurisdicción están más abajo. Si un aviso tardío puede costarte de verdad la cobertura, y qué tiene que acreditar la aseguradora antes de ampararse en esa condición, es una cuestión de derecho local y no del condicionado, y no es algo que esta página responda.
La declaración grabada
Al principio del expediente, alguien pedirá grabarte una declaración. De quién sea el perito que la pide cambia la respuesta, y este es el punto del proceso donde la gente sensata más discrepa.
Tu propia aseguradora tiene derecho contractual a tu colaboración, y negársela es una forma de perder una cobertura que pagaste. Da la declaración, limítate a lo que viste y di que no sabes cuando no lo sepas.
La aseguradora del otro conductor no tiene ese derecho sobre ti. Su perito es amable, eficiente y está contratado para establecer dos cosas: que la culpa es compartida y que tú no estás gravemente lesionado. Los propios tramitadores sostienen que la mayoría de las declaraciones son rutina, que una versión clara liquida antes un expediente claro y que negarse parece tener algo que ocultar. Los abogados que representan a lesionados dicen casi lo contrario: que una declaración tomada en la primera semana, antes de que nadie sepa cómo evolucionará una lesión, produce frases sobre tu estado que meses después te leen de vuelta. Ambos describen experiencia real. El punto medio práctico es que una declaración breve y factual sobre el choque cuesta poco, y que especular sobre velocidades, distancias y cómo te sientes cuesta muchísimo.
Cobertura y responsabilidad son dos decisiones distintas
La gente oye «aceptaron el siniestro» y supone que se tomó una decisión. Son dos, se toman con lógicas distintas, y confundirlas es el motivo más frecuente de que un reclamante crea que la aseguradora se contradijo.
La cobertura pregunta si esta póliza responde por esta pérdida: si el conductor estaba autorizado, si el uso estaba excluido, si la prima estaba al día, si el daño entra en lo asegurado. La responsabilidad pregunta quién responde legalmente del accidente y en qué proporción. Una aseguradora puede aceptar que su póliza cubre la pérdida y sostener a la vez que su conductor no tuvo la culpa, y por eso tu reclamación puede estar «cubierta» y sin pagar al mismo tiempo.
La inspección y el presupuesto
Después se valora el vehículo, y ahora hay tres caminos posibles: una inspección física del perito, un presupuesto redactado en el taller o un presupuesto generado a partir de las fotografías que subiste. Qué camino toma tu expediente lo deciden normalmente la gravedad y las reglas internas de la aseguradora, no tú.
Sea cual sea el camino, el presupuesto inicial es una cifra de partida y se escribe sobre el daño visible. El daño oculto que aparece al desmontar un panel se tramita con un suplemento: un presupuesto ampliado que el taller presenta y la aseguradora aprueba. Un primer presupuesto que parece bajo muchas veces no es una infravaloración, sino una estimación de lo que se veía. El presupuesto que cuenta es el último, y el mecanismo para llegar hasta él es el suplemento, no una discusión sobre la primera cifra.
La franquicia, y cómo recuperarla
Si reclamas a tu propia cobertura de daños propios, pagas tu franquicia (el deducible, en buena parte de América Latina) y la aseguradora paga el resto, con independencia de quién tuviera la culpa. Si tu aseguradora cobra después a la del otro conductor, recupera tu franquicia con lo demás y te la devuelve. Eso es la subrogación: es rutina y es lenta, porque se resuelve entre dos compañías en su propio calendario, mucho después de que tu auto esté reparado. Cuando la culpa es compartida, puede que recuperes una parte de la franquicia y no toda, en la proporción que acuerden las dos aseguradoras.
Lleva tu propio expediente
La aseguradora lleva un expediente de tu siniestro. Lleva tú otro, porque en cada punto discutido la pregunta será qué se dijo y cuándo. Un registro fechado de cada llamada con el nombre de quien atendió y lo que se comprometió a hacer; los presupuestos y todos los suplementos; la factura del taller; los recibos de grúa, depósito y auto de alquiler; y, si estás lesionado, los informes médicos y los días que no pudiste trabajar. Nada de esto es difícil. Es sencillamente la diferencia entre una reclamación que puedes defender y una en la que tu memoria compite contra un sistema de registro.
Lo que no sabemos
No podemos decirte cómo enrutará tu expediente el triaje interno de tu aseguradora, porque las aseguradoras no publican esas reglas y las cambian. No podemos decirte si una compañía concreta trata distinto un aviso abierto desde la app y uno tomado por teléfono. Y no podemos decirte qué hará una reclamación sin culpa con tu prima de renovación, porque eso depende de las reglas de tarificación de la aseguradora y de lo que tu jurisdicción le permita tarificar.
Lo que sí podemos decirte es dónde tienes margen. No en la presentación, que es un trámite, ni en el primer presupuesto, que es provisional. Está en la exactitud de la versión que das al principio, en la disciplina de contar solo lo que observaste y en lo completo del registro que llevas mientras los demás todavía están construyendo el suyo.
Reglas en tu jurisdicción
Los plazos, las reglas de culpa y las coberturas mínimas cambian según el país o estado. Elige el tuyo para ver las reglas que aplican a este tema.
Elige una jurisdicción para ver sus reglas.
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [3] DIEZ DÍAS HÁBILES, Y ALASKA ES UNO DE LOS POCOS ESTADOS CUYO REGLAMENTO ENUNCIA EL DEBER DE FORMA IDÉNTICA PARA EL RECLAMANTE TERCERO: quien reclama contra la aseguradora del otro conductor tiene el mismo derecho al acuse de recibo que el tomador. Primera parte: «dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de un siniestro, dar acuse de recibo escrito al reclamante de primera parte identificando a la persona que tramita el siniestro, con su nombre, dirección y teléfono, el nombre de la firma y el número de expediente; el pago del siniestro dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación constituye acuse de recibo suficiente» (3 AAC 26.040(a)(1)). Tercero: «dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del siniestro por un reclamante tercero, dar acuse de recibo escrito al reclamante tercero» (§ 26.040(b)(1)), con el mismo deber hacia el asegurado en (b)(4). Otros «15 días hábiles desde la recepción» rigen «una respuesta apropiada a todas las demás comunicaciones» de un reclamante de primera parte (§ 26.040(a)(2)). ATENCIÓN A LA UNIDAD: días HÁBILES, como en Nebraska, Arkansas y Virginia Occidental, no los días naturales de Hawái, Iowa o Dakota del Sur. |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] Quince días HÁBILES desde la prueba del siniestro, con cartas de situación cada cuarenta y cinco días hábiles: la aseguradora «comunicará por escrito al reclamante de primera parte la aceptación o el rechazo del siniestro dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de una declaración de siniestro debidamente formalizada, de la prueba del siniestro o de otra prueba aceptable de la pérdida, salvo que la póliza especifique otro plazo … el pago del siniestro dentro de este plazo constituye aceptación escrita; el rechazo escrito debe indicar las disposiciones, condiciones, exclusiones y hechos concretos en que se funda»; y cuando se necesite más tiempo, «se dará al reclamante de primera parte, dentro del plazo, notificación escrita de las razones por las que se necesita más tiempo. Mientras la investigación siga incompleta, se facilitará notificación escrita adicional a los 45 días hábiles de la notificación inicial y, después, no menos de cada 45 días hábiles» (3 AAC 26.070(a)(1)). DOS MATICES ACOMPAÑAN A LA CIFRA. Los quince días ceden expresamente ante «otro plazo … especificado en la póliza», de modo que el reglamento es un RÉGIMEN SUPLETORIO y no un mínimo. Y el deber está redactado para el reclamante de PRIMERA PARTE; el § 26.070(b) dice algo distinto sobre los terceros, sobre lo que véanse las notas. |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días HÁBILES desde la prueba del siniestro, y conviene fijarse en qué es exactamente lo que hay que hacer en ese plazo: la aseguradora «pagará, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de una declaración de siniestro debidamente formalizada, de la prueba del siniestro o de otra prueba aceptable de la pérdida, las partes del siniestro que no estén en disputa» (3 AAC 26.070(a)(2)). UNA DISCREPANCIA PARCIAL NO DETIENE EL RELOJ DE LA PARTE NO DISCUTIDA: esa es la frase que necesita quien recibe un presupuesto de reparación parcialmente denegado. Aparte, el § 26.050(a) concede a la aseguradora un PERIODO DE INVESTIGACIÓN DE TREINTA DÍAS HÁBILES con una salida expresa por diligencia debida («completará la investigación dentro de 30 días hábiles, salvo que no pueda completarse razonablemente empleando la diligencia debida»); eso no es un plazo de decisión y deliberadamente no se publica como tal. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años, y los dos plazos de Alaska están en UNA SOLA FRASE DE UNA SOLA SECCIÓN: «Salvo que la ley disponga otra cosa, nadie podrá ejercitar una acción … (3) por tomar, retener o dañar bienes muebles, incluida la acción para su recuperación específica … si la acción no se interpone dentro de dos años desde el nacimiento de la acción» (§ 09.10.070(a)(3), historia «§ 1.07 ch 101 SLA 1962; am § 1 ch 70 SLA 1996; am § 6 ch 26 SLA 1997»). Un vehículo dañado es un bien mueble según el propio apartado. ATENCIÓN AL MOMENTO INICIAL: la ley hace correr el plazo desde el NACIMIENTO de la acción y no desde el choque, con sus propias palabras, y el campo Period.from no puede representarlo, así que se consigna aquí en lugar de aplanarlo. Alaska es un estado de reloj único para una colisión, como Washington y Ohio. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años, de la misma frase de la misma sección: «nadie podrá ejercitar una acción … (2) por lesión personal o muerte, o por lesión a los derechos de otro que no nazca de contrato y no esté prevista específicamente de otro modo … si la acción no se interpone dentro de dos años desde el nacimiento de la acción» (§ 09.10.070(a)(2)). El propio epígrafe de la sección dice «Acciones por hechos ilícitos, por daño a bienes muebles, por ciertas responsabilidades legales … a ejercitar en dos años». Igual que en el plazo de daños materiales, el momento inicial que nombra la ley es el NACIMIENTO de la acción, no la fecha de la colisión. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años sobre la póliza, y Alaska INVIERTE el patrón habitual: el plazo contractual solo supera en un año al extracontractual, cuando en la mayoría de los estados es mucho más largo: «Si la acción no se interpone dentro de tres años, nadie podrá ejercitar una acción sobre un contrato o una obligación, expresa o implícita, salvo lo previsto en AS 09.10.040, o según disponga otra ley, o salvo que las disposiciones de esta sección se renuncien por contrato» (§ 09.10.053). LAS PALABRAS FINALES SON LA TRAMPA, Y SON LA RAZÓN POR LA QUE ESTA CIFRA NO DEBE LEERSE COMO UN MÍNIMO: los tres años se aplican «salvo que las disposiciones de esta sección se renuncien por contrato», de modo que la cláusula de demanda de una póliza de Alaska puede acortar el plazo, y el § 09.10.053 no dice en cuánto. Si alguna ley de Alaska fija un plazo mínimo para tal cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí: los §§ 21.42.160, 21.42.170 y 21.42.175 se leyeron íntegros y no contienen ningún mínimo, pero no fue posible una búsqueda a texto completo del título 21, por lo que NO se afirma que ese mínimo no exista. |
| Regulador | Alaska Division of Insurance, Department of Commerce, Community, and Economic Development |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Alaska →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [1] Es una condición legal que se considera parte de toda póliza y cuya modificación, omisión o adición no vincula a la persona asegurada: la aseguradora «must pay the insurance money for which it is liable under the contract within 60 days after the proof of loss has been received by it or, where a dispute resolution process is conducted under Statutory Condition 4(9), within 15 days after the decision is rendered» (Insurance Act, s. 556, condición legal 6(1)). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [4] Rigen el mismo plazo de dos años desde el descubrimiento y el mismo límite último de diez años, según cuál expire primero (Limitations Act, s. 3(1)). El plazo último de diez años de Alberta es más corto que los quince de Columbia Británica, Manitoba y Saskatchewan. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [4] Dos años desde el día en que quien reclama supo por primera vez, o debió saber, que el daño había ocurrido, que era atribuible a la conducta del demandado y que justifica iniciar un proceso; o diez años desde que nació la reclamación, según cuál expire primero (Limitations Act, s. 3(1)). Conviene fijarse en la redacción de Alberta: la ley no extingue la reclamación, sino que concede al demandado «immunity from liability» si la invoca. |
| Regulador | Government of Alberta — automobile insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Alberta →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [2] El asegurador debe pronunciarse sobre el derecho del asegurado dentro de los 30 días de recibida la información complementaria que pidió; la omisión importa aceptación (Ley 17.418 art. 56). El asegurado debe denunciar el siniestro dentro de los tres días de conocerlo (art. 46). |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 15 días desde la reclamación [2] En seguros de daños patrimoniales, pago dentro de los 15 días de fijado el monto o aceptada la indemnización ofrecida, vencido el plazo del art. 56 (art. 49). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] «El reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años» (Código Civil y Comercial art. 2561); las reglas generales del código rigen desde cuándo corre el plazo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde la reclamación [2] Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en un año desde que la obligación es exigible (Ley 17.418 art. 58); los actos del procedimiento de liquidación del daño la interrumpen. |
| Regulador | Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Argentina →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [4] Días hábiles, no naturales: «within 10 working days, acknowledge the receipt of the notice unless payment is made within the 10 working days», y el aviso a un agente de la aseguradora es aviso a la aseguradora (A.A.C. R20-6-801(E)(1)). Facilitar formularios, instrucciones y asistencia razonable dentro de esos mismos 10 días hábiles equivale a cumplir (E)(4). Cada comunicación posterior del reclamante que razonablemente espere respuesta abre sus propios 10 días hábiles (E)(3). |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [4] Días hábiles desde la recepción de la prueba del siniestro debidamente formalizada, deber que el texto dirige al reclamante de primera parte; la denegación debe constar por escrito y citar la cláusula, condición o exclusión en que se apoya (A.A.C. R20-6-801(G)(1)(a)). Si hace falta más tiempo, la aseguradora debe comunicarlo con sus motivos dentro de esos mismos 15 días hábiles y volver a escribir a los 45 días y cada 45 días después, días naturales en esa cláusula (G)(1)(b). La investigación debe completarse en 30 días desde el aviso «unless the investigation cannot reasonably be completed within 30 days» (F). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] La misma enumeración de dos años abarca el «trespass for injury done to the estate or the property of another» y el «taking or carrying away the goods and chattels of another» (A.R.S. § 12-542(3)–(4)), de modo que el daño al vehículo prescribe junto con la reclamación por lesiones. El plazo de tres años del § 12-543 se leyó y no está disponible: esa sección trata de la deuda verbal, de las cuentas abiertas y del remedio por fraude o error. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años desde el nacimiento de la acción «for injuries done to the person of another», y para las lesiones «when death ensues from such injuries, which action shall be considered as accruing at the death of the party injured» (A.R.S. § 12-542(1)–(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [3] Es un suelo sobre lo que la póliza puede imponer, no un plazo legal de prescripción: el § 20-1115(A)(3) anula toda cláusula «limiting the time within which an action may be brought to a period of less than two years from the time the cause of action accrues» en seguros distintos de los de daños y de los marítimos y de transporte, donde el suelo es de un año, y el § 20-1115(A)(2) anula toda cláusula que impida demandar pasados seis meses desde el nacimiento de la acción. El plazo operativo es el que diga la póliza, nunca inferior a ese suelo. El § 12-548(A)(1) concede seis años sobre «a contract in writing that is executed in this state», pero la sección habla de una acción por deuda, y si ese encuadre alcanza a toda acción de primera parte sobre la póliza no se ha verificado contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Regulador | Arizona Department of Insurance and Financial Institutions (DIFI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Arizona →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [4] La aseguradora «must pay the insurance money for which it is liable under this contract within 60 days after the proof of loss or statutory declaration has been received by it» o, si se sigue un arbitraje del s. 177 del reglamento, «within 15 days after the award is rendered» (Insurance (Vehicle) Regulation, Anexo, condición legal 8(1)). Los sesenta días corren desde la prueba del siniestro, no desde el accidente. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el descubrimiento (Limitation Act, s. 6(1)); la reclamación se descubre el primer día en que la persona supo o razonablemente debió saber que hubo daño, que lo causó un acto u omisión, de quién fue ese acto y que un proceso sería el remedio adecuado (s. 8), con un límite último de quince años desde el acto u omisión (s. 21(1)). Es el plazo que importa para el daño al vehículo, ya que la acción por lesiones desapareció. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde el accidente [1] Es la fecha más peligrosa de la provincia, y la mitad del plazo general: la acción «by an insured against the corporation in respect of benefits, insurance money or indemnification payable under the plan must be commenced within one year after the happening of the loss or damage or after the cause of action arose, or as the regulations may provide in the case of any coverage, but not afterwards» (Insurance (Vehicle) Act, s. 17). No trasladar los dos años de la Limitation Act a una reclamación contra ICBC sobre el plan. El contrato opcional es distinto: su propia condición legal concede dos años desde el hecho (Insurance (Vehicle) Regulation, Anexo, condición 8(3)). |
| Regulador | BC Financial Services Authority (BCFSA) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Columbia Británica →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [4] Días naturales desde el aviso del siniestro. |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 40 días desde la reclamación [5] Días naturales desde la prueba del siniestro; la aseguradora puede prorrogar con aviso escrito cada 30 días. |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [5] Días naturales tras la aceptación de la reclamación. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] |
| Regulador | California Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en California →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 10 días desde la reclamación [3] Las indemnizaciones del SOAP se pagan dentro de los 10 días siguientes a la presentación de los antecedentes exigidos (certificado de Carabineros, certificados médicos, etc.) — Ley 18.490 art. 30. Aplica al seguro obligatorio de accidentes personales, no a las reclamaciones de responsabilidad civil. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [1] Las acciones por daño o dolo de este título prescriben en cuatro años desde la perpetración del acto (Código Civil art. 2332). |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 4 años desde la reclamación [2] Las acciones emanadas del contrato de seguro prescriben en cuatro años desde que se hizo exigible la obligación; la prescripción contra el asegurado se interrumpe con la denuncia del siniestro y el nuevo plazo corre desde que el asegurador comunica su decisión (Código de Comercio art. 541). |
| Regulador | Comisión para el Mercado Financiero (CMF) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Chile →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 1 meses desde la reclamación [3] La aseguradora debe pagar dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite su derecho, aun extrajudicialmente (Código de Comercio art. 1080, modificado por la Ley 510 de 1999); vencido el plazo corre un interés moratorio igual al bancario corriente aumentado en la mitad. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] Las acciones de reparación contra terceros responsables prescriben en tres años desde el acto (Código Civil art. 2358, inc. 2); contra quien sea punible por el delito o la culpa, en los términos del Código Penal para la pena principal (inc. 1). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] Misma regla de tres años del art. 2358 para la acción civil contra terceros responsables. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [2] Prescripción ordinaria de las acciones del contrato de seguro: dos años desde que el interesado tuvo o debió tener conocimiento del hecho; extraordinaria de cinco años desde que nace el derecho, contra toda clase de personas (Código de Comercio art. 1081). |
| Regulador | Superintendencia Financiera de Colombia |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Colombia →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 60 días desde la reclamación [4] Días corridos y una sola obligación, no dos: la aseguradora «shall make a decision on claims and/or pay benefits due under the policy within sixty (60) days after receipt of a valid and complete claim», salvo controversia razonable (3 CCR 702-5, Regulation 5-1-14 § 4(A)(1)(a)). La reclamación solo es «valid and complete» cuando se cumplen ocho condiciones —recibidos todos los documentos necesarios, concluida la investigación razonable de la propia aseguradora, establecida la cobertura, terminadas y autorizadas las reparaciones, cerradas las valoraciones, resuelto definitivamente cualquier litigio— y «the insured shall have the burden of proving to the Commissioner of Insurance that he/she submitted a valid and complete claim» (§ 4(A)(2)(a), (5)). Solo reclamaciones de primera parte. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [4] Los mismos sesenta días corridos y el mismo deber único que el plazo de decisión —el reglamento dice «decision on claims and/or pay benefits»—, de modo que este no es un segundo plazo que corra tras la decisión. Incumplirlo sin controversia razonable permite al comisionado ordenar a la aseguradora pagar al asegurado un 8 % de interés anual sobre las prestaciones debidas, más una sanción civil de 100 $ diarios (Regulation 5-1-14 § 4(A)(1)(b)–(c)). Una regla distinta y mucho más corta alcanza a quien fue golpeado por el asegurado de otra persona: pago «within three (3) business days» desde la aceptación escrita de la oferta, una vez recibido un título transmisible (Regulation 5-2-15 § 5(B)(3)). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Un solo apartado cubre las dos partidas: «All tort actions for bodily injury or property damage arising out of the use or operation of a motor vehicle» deben interponerse en tres años, «regardless of the theory upon which suit is brought, or against whom suit is brought» (C.R.S. § 13-80-101(1)(n)(I), añadido con efectos del 1 de julio de 1994). Desplaza el plazo general de dos años y no alcanza las reclamaciones por responsabilidad objetiva o por falta de advertencia, que tienen su propia sección. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] El mismo apartado y los mismos tres años, contados «after the cause of action accrues»: la sección no fija regla de nacimiento de la acción y, en un choque, nacimiento y colisión suelen coincidir (C.R.S. § 13-80-101(1)(n)(I)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Las acciones contractuales también prescriben a los tres años en Colorado (C.R.S. § 13-80-101(1)(a)), de modo que la acción sobre la póliza no dura más que la acción por el choque; el § 13-80-103.5 excluye determinados instrumentos y no se leyó, y la sección no fija regla de nacimiento de la acción. Las reclamaciones por conductor sin seguro o infraasegurado tienen su propia sección: tres años desde el nacimiento de la acción, ampliables a «two years after the insured knows that the particular tortfeasor is not covered by any applicable insurance» si la acción subyacente se interpuso a tiempo, con un suelo, «in no event shall the insured have less than three years» (§ 13-80-107.5(1)). |
| Regulador | Colorado Division of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Colorado →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [4] Una sola sección cubre las dos partidas: «two years from the date when the injury is first sustained or discovered or in the exercise of reasonable care should have been discovered», tanto para las lesiones como para los bienes muebles (Conn. Gen. Stat. § 52-584). En un choque ambas fechas suelen coincidir, pero la ley cuenta desde el descubrimiento y no desde la colisión. Hay un muro exterior que la diligencia no salva: «no such action may be brought more than three years from the date of the act or omission complained of». |
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| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [4] El mismo § 52-584, y es la sección en la que hay que confiar: el plazo general extracontractual de Connecticut es de tres años desde el acto (§ 52-577), pero la remisión que imprime la propia compilación envía la reclamación por negligencia por lesiones o daños al § 52-584 y a sus dos años. Publicar tres le costaría el caso al reclamante. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [1] Un suelo legal sobre el reloj de la propia póliza, y es más largo que la reclamación contra el otro conductor: ninguna aseguradora «may limit the time within which any suit may be brought against it or any demand for arbitration on a claim may be made on the uninsured or underinsured motorist provisions of an automobile liability insurance policy to a period of less than three years from the date of accident» (§ 38a-336(g)(1)). El plazo solo se suspende haciendo dos cosas: avisar por escrito a la aseguradora antes de que venza y demandar o pedir arbitraje «not more than one hundred eighty days from the date of exhaustion» de los límites del otro conductor. La acción sobre la póliza como contrato escrito prescribe a los seis años desde el nacimiento de la acción (§ 52-576(a)); si una póliza de automóvil de Connecticut puede pactar un plazo más corto en una reclamación distinta de las prestaciones por conductor sin seguro o infraasegurado no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Connecticut Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Connecticut →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [3] QUINCE DÍAS HÁBILES, DEL REGLAMENTO Y NO DE LA LEY: «No acusar recibo y responder dentro de 15 días hábiles desde la recepción por la aseguradora a las comunicaciones relativas a siniestros de los asegurados al amparo de pólizas de seguro» es una práctica desleal de liquidación prohibida (18 Del. Admin. Code 902, § 3.1.2), y el § 3.1.3 añade «No poner en marcha la investigación diligente de los siniestros al amparo de pólizas de seguro dentro de 10 días hábiles desde la recepción por la aseguradora del aviso de siniestro». DOS MATICES VIAJAN CON LA CIFRA. La norma está redactada para «siniestros de los asegurados», así que no alcanza con claridad al reclamante tercero, a diferencia del 3 AAC 26.040(b) de Alaska, que enuncia el mismo deber para un tercero. Y todo el § 3.1 solo opera cuando la conducta se «comete o realiza con frecuencia tal que indique una práctica general de negocio», de modo que un solo retraso no es por sí mismo una infracción. UN DEBER LEGAL DISTINTO Y MÁS ESTRECHO SE SITÚA JUNTO A ÉL Y NO DEBE CONFUNDIRSE CON ÉL: en una reclamación de prestaciones de primera parte por lesiones, «la aseguradora facilitará a ese reclamante, no más tarde de 10 días desde que reciba dicha notificación, un formulario para presentar tal reclamación», y el incumplimiento se tarifa en «el 1 por ciento del importe debido a la fecha en que debía haberse facilitado el formulario por cada día que exceda del plazo prescrito, sin superar 5.000 $» (tít. 21, § 2118B(b)). Esos diez días son un deber de ENVIAR EL FORMULARIO, no de acusar recibo del siniestro, por lo que se consignan aquí en lugar de publicarse como valor de este campo. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días NATURALES; conviene fijarse en el cambio de unidad dentro de una misma norma, como en la Rule 43 de Arkansas y el C.S.R. 114-14 de Virginia Occidental: «No afirmar ni negar la cobertura o el siniestro, ni comunicar por escrito o por otro medio legal adecuado a quien presenta el siniestro la razón por la que no puede hacerlo, dentro de 30 días desde que la aseguradora recibió las declaraciones de prueba del siniestro» (18 Del. Admin. Code 902, § 3.1.5). El reglamento dice «30 días» donde los §§ 3.1.2 y 3.1.3 dicen «días hábiles», y el Reglamento 1310 —la norma de siniestros sanitarios a la que remite el § 3.6 del 902— es el instrumento que define que «“Días” significa días naturales», no este. Los MISMOS treinta días cumplen la misma función en el lado legal para una reclamación de prestaciones de primera parte por lesiones, donde la aseguradora debe, dentro de treinta días, «pagar el importe de las prestaciones reclamadas que se deban al reclamante o, si la reclamación se deniega total o parcialmente, facilitar al reclamante una explicación escrita de los motivos de la denegación» (tít. 21, § 2118B(c)). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [4] TREINTA DÍAS, Y EL ÁMBITO ES LO ESENCIAL: es el reloj de las PRESTACIONES DE PRIMERA PARTE POR LESIONES del tít. 21, § 2118B(c), no un plazo general de pago. «Cuando una aseguradora reciba una solicitud escrita de pago de una reclamación de prestaciones conforme al § 2118(a)(2) …, tramitará la reclamación con diligencia y, no más tarde de 30 días desde que reciba dicha solicitud escrita de prestaciones de primera parte Y la documentación de que el tratamiento o el gasto es indemnizable …, efectuará el pago»; así que el desencadenante es la solicitud MÁS la documentación, no el choque ni la solicitud a solas. El tipo de demora ESCALA DESPUÉS EN TRES TRAMOS, una estructura que no se da en ningún otro estado de este conjunto de datos y que nunca debe promediarse en un tipo único: «(1) el uno y medio por ciento desde el día treinta y uno hasta el sexagésimo; y (2) el dos por ciento desde el día sesenta y uno hasta el ciento veinte; y (3) el dos y medio por ciento después del día ciento veintiuno» mensual. NO SE LEYÓ NINGÚN PLAZO DE PAGO DE DELAWARE PARA UNA RECLAMACIÓN DE DAÑOS AL VEHÍCULO: el Reglamento 902 no contiene plazo de pago alguno, y si algún instrumento de Delaware fija un tiempo para pagar una reclamación de daños materiales de automóvil ya acordada no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años para un vehículo dañado, en su PROPIA sección y con su PROPIA regla de cómputo: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por muerte por culpa ajena o por daño a bienes muebles después de transcurridos 2 años desde el nacimiento de la acción» (§ 8107). LOS DOS PLAZOS DE DELAWARE TIENEN LA MISMA DURACIÓN PERO NO COMPARTEN SECCIÓN NI MOMENTO INICIAL —este corre desde el nacimiento de la acción, mientras que el § 8119 hace correr el plazo de lesiones desde la fecha en que se alega que se sufrieron—, así que se publican por separado con sus propios localizadores en lugar de reducirse a «dos años para todo». |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años para la lesión corporal, y la fórmula de cómputo es inusualmente rotunda: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por una reclamación de presuntas lesiones personales después de transcurridos 2 años desde la fecha en que se alega que se sufrieron esas presuntas lesiones; con sujeción, no obstante, a lo previsto en el § 8127 de este título» (§ 8119, historia «20 Del. Laws, c. 594, § 1; Code 1915, § 4675; Code 1935, § 5133; 10 Del. C. 1953, § 8118; 52 Del. Laws, c. 339, § 2; 57 Del. Laws, c. 568, § 3»). EL PLAZO CORRE DESDE LA FECHA EN QUE SE ALEGA QUE SE SUFRIERON LAS LESIONES, no desde su descubrimiento, de modo que Period.from «accident» es correcto para las reclamaciones por lesiones de Delaware de un modo que no lo es para todos los estados de este conjunto de datos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años sobre la póliza, como «acción basada en una promesa»: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por intromisión, … ninguna acción basada en una promesa, ninguna acción basada en una ley y ninguna acción de indemnización por un daño no acompañado de fuerza o resultante indirectamente del acto del demandado después de transcurridos 3 años desde el nacimiento de la acción; con sujeción, no obstante, a lo previsto en los §§ 8108-8110, 8119 y 8127 de este título» (§ 8106(a)). Un año más que cualquiera de los plazos extracontractuales, la misma inversión que tiene Alaska. EN DELAWARE EXISTE UN MÍNIMO PARA LA CLÁUSULA DE DEMANDA DE UNA PÓLIZA, PERO SU ALCANCE A UNA PÓLIZA DE AUTOMÓVIL NO ESTÁ ACREDITADO Y NO SE AFIRMA AQUÍ: el § 8106(b) dispone que «un contrato de seguro de daños sujeto al subcapítulo III del capítulo 41 del título 18: (1) No podrá exigir que la acción por una reclamación formulada al amparo del contrato se presente antes de 1 año desde la fecha en que la aseguradora denegó la reclamación», un anclaje inusualmente favorable al reclamante porque corre desde la DENEGACIÓN y no desde la pérdida; pero si una póliza de automóvil de turismo privado es tal contrato depende de un subcapítulo que no se leyó, lo que no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Regulador | Delaware Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Delaware →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 meses desde el accidente [1] La acción en responsabilidad civil cuasidelictual prescribe a los seis meses desde que nace, salvo que la ley fije expresamente un plazo mayor (Código Civil art. 2271, párrafo). |
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| Plazo para demandar por lesiones | 6 meses desde el accidente [1] Misma regla de seis meses para la acción civil contra el conductor responsable; no se computa el tiempo en que la acción sea legal o judicialmente imposible. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Prescripción extintiva desde la fecha del siniestro para cualquier acción contra el asegurador: dos años para el asegurado o los beneficiarios, tres años para los terceros (Ley 146-02 art. 47). |
| Regulador | Superintendencia de Seguros de la República Dominicana |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en República Dominicana →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [5] Según el Pre-Action Protocol for Low Value Personal Injury Claims in Road Traffic Accidents (reclamaciones de hasta 25.000 £), la aseguradora del demandado debe devolver la respuesta al Claim Notification Form en 15 días (párr. 6.11). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [1] Acciones fundadas en responsabilidad extracontractual (Limitation Act 1980, s. 2). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que nació la acción o, si es posterior, desde la fecha de conocimiento del lesionado (Limitation Act 1980, s. 11(4)). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Inglaterra y Gales →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [2] Las prestaciones PIP quedan vencidas si no se pagan dentro de los 30 días siguientes a que la aseguradora reciba aviso escrito del siniestro y su importe (§ 627.736(4)(b)). Un acuerdo escrito debe pagarse en 20 días; después devenga un 12 % de interés (§ 627.4265). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [3] La acción fundada en negligencia debe interponerse en dos años (§ 95.11(5)(a)); la acción por daño a bienes muebles tiene cuatro (§ 95.11(3)(g)). Cuál rige una reclamación por negligencia por daños al vehículo tras la reforma de 2023 no lo resuelve el texto de la ley, así que esta página usa el plazo más corto. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «(5) WITHIN TWO YEARS.— (a) An action founded on negligence.» (§ 95.11(5)(a), modificado por el cap. 2023-15). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [3] Acción sobre un contrato fundado en instrumento escrito: cinco años (§ 95.11(2)(b)). |
| Regulador | Florida Office of Insurance Regulation (regulation) · Department of Financial Services, Division of Consumer Services (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Florida →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días naturales, y esos mismos treinta días cierran la escapatoria del «necesitamos más información»: «Si la aseguradora opta por negar una reclamación de prestaciones en todo o en parte, deberá, dentro de treinta días, comunicar por escrito al reclamante la negativa y sus motivos», y el aviso debe ser «preparado y remitido por la aseguradora en triplicado y … en un formato aprobado por el comisionado»; y «Si la aseguradora no puede pagar ni negar la reclamación de prestaciones porque se necesita información adicional o documentación del siniestro, deberá, dentro de esos treinta días, remitir al reclamante una lista detallada de todos los documentos requeridos» (§ 431:10C-304(3)(B) y (C)). Así, la aseguradora no puede detener el reloj alegando que falta información sin decir exactamente qué falta. Son los relojes del PIP; Hawái no tiene plazo acreditado de acuse de recibo: véanse las notas. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días naturales, y el desencadenante tiene dos partes: «El pago de las prestaciones de protección contra lesiones personales se hará dentro de los treinta días siguientes a que la aseguradora haya recibido prueba razonable del hecho y del importe de las prestaciones devengadas, y la reclamación de su pago» (§ 431:10C-304(3)(A)): prueba Y reclamación, y todos los prestadores deben describir el servicio conforme a los códigos del baremo aplicable. «Los importes de prestaciones impagados treinta días después de que la aseguradora haya recibido prueba razonable … devengarán intereses al tipo del uno y medio por ciento mensual» (§ 431:10C-304(4)): el dieciocho por ciento anual, al mismo nivel que el tipo al que Nuevo México llega por otra vía. El pago se hace al PRESTADOR del servicio y no a la persona lesionada (§ 431:10C-304(1)). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] DOS AÑOS, PERO NO SIMPLEMENTE «DOS AÑOS DESDE EL CHOQUE»: el campo Period.from no puede representar la regla por sí solo, y la regla es esta: «Ninguna demanda derivada de un accidente de vehículo de motor podrá interponerse en vía extracontractual más allá del MÁS TARDÍO de: (1) dos años desde la fecha del accidente de vehículo de motor en que se funda la reclamación; (2) dos años desde la fecha del último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor o de coberturas adicionales opcionales; o (3) dos años desde la fecha del último pago de prestaciones de accidentes de trabajo o de asistencia pública derivadas del accidente» (§ 431:10C-315(b)). Es una ley especial situada dentro del artículo sin culpa y rige toda demanda extracontractual derivada de un accidente de tráfico de Hawái, de modo que el plazo puede correr desde el último pago de PRESTACIONES y no desde la colisión, lo que resulta bastante más largo para quien cobró prestaciones durante un año. El plazo general de dos años por «daño o lesión a personas o bienes» del § 657-7 aporta la duración; el § 431:10C-315 aporta la estructura. Toda descripción que dé los dos años lisos del § 657-7 para una reclamación de tráfico de Hawái está describiendo la ley equivocada. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] La misma regla del «más tardío de» del § 431:10C-315(b) rige la reclamación por lesiones, y es en el lado de las lesiones donde más muerde: dos años desde el accidente, O dos años desde el último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor o de coberturas adicionales opcionales, O dos años desde el último pago de prestaciones de accidentes de trabajo o de asistencia pública derivadas del accidente, el que sea más tardío. En todo caso, la acción extracontractual de Hawái solo está disponible una vez superado el umbral del § 431:10C-306(b). La regla general de dos años del § 657-7 corre «desde que nació la acción» y aporta la duración, no el momento inicial. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Dos años sobre un «más tardío de» de CINCO SUPUESTOS, y es la estructura de prescripción de primera parte más favorable al reclamante de este conjunto de datos: «Ninguna demanda podrá interponerse sobre un contrato que otorgue prestaciones de seguro de vehículo de motor ni sobre un contrato que otorgue cobertura adicional opcional más allá del más tardío de: (1) dos años desde la fecha del accidente de vehículo de motor en que se funda la reclamación; (2) dos años desde el último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor; (3) dos años desde el dictado de una resolución arbitral firme; (4) dos años desde el dictado de sentencia firme en, o el sobreseimiento con efecto de cosa juzgada de, una acción extracontractual derivada de un accidente de vehículo de motor, cuando de esa acción nace una acción por mala fe de la aseguradora; o (5) dos años desde el pago de la cobertura de responsabilidad, para las reclamaciones por infraaseguramiento» (§ 431:10C-315(a)). El quinto supuesto es el que el lector necesita: en Hawái, el plazo de la reclamación por infraaseguramiento empieza cuando paga la aseguradora del conductor culpable, no cuando ocurrió el choque. |
| Regulador | Hawaii Insurance Division, Department of Commerce and Consumer Affairs |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Hawái →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [5] TREINTA DÍAS DESDE LA PRUEBA DEL SINIESTRO, Y SESENTA CUANDO ESA PRUEBA SE REFIERE A PRESTACIONES POR CONDUCTOR SIN SEGURO O INFRAASEGURADO: DOS RELOJES EN UNA SOLA FRASE. «Toda aseguradora … que no pague a quien tenga derecho a ello dentro de los treinta (30) días siguientes a haberse aportado la prueba del siniestro según lo previsto en la póliza … o que no pague a quien tenga derecho dentro de sesenta (60) días si la prueba del siniestro se refiere a prestaciones de cobertura frente a conductor sin seguro o infraasegurado, el importe que esa persona justamente deba percibir … abonará, en cualquier acción que después se ejercite contra ella ante un tribunal de este estado O EN CUALQUIER ARBITRAJE de recuperación al amparo de la póliza, la suma adicional que el tribunal declare razonable como honorarios de abogado» (§ 41-1839(1)). La variante de sesenta días para las coberturas frente a conductor sin seguro o infraasegurado no aparece en ninguna otra jurisdicción de este conjunto de datos y es precisamente el plazo que un reclamante de Idaho necesita; los días figuran sin calificativo en los dos supuestos, de modo que son naturales según el texto. LA CONSECUENCIA ES LA CONDENA EN HONORARIOS, NO EL INTERÉS —frente al 1,5 % mensual de Hawái y a la combinación de ambos en Maine— y alcanza tanto al arbitraje como a la acción judicial. CONVIENE ENUNCIAR EL PLAZO CON SUS DOS LÍMITES O NO ENUNCIARLO: la aseguradora que alegue que «se hizo oferta del importe íntegro justamente debido» y consigne ese importe «en el tribunal» no debe honorarios si la alegación resulta cierta, ni si se determina que nada se debe justamente; y el § 41-1839, junto con el § 12-123, constituye «el remedio EXCLUSIVO para la concesión de honorarios legales de abogado en todas las acciones o arbitrajes entre asegurados y aseguradoras», quedando expresamente desactivado el § 12-120 sobre honorarios en asuntos comerciales (§ 41-1839(2) y (4)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Tres años, y el apartado que los concede es la vieja cláusula de «trover» y «replevin» y no algo que mencione vehículos: «Responsabilidades legales, allanamiento, apropiación, reivindicación y fraude. Dentro de tres (3) años: … 3. La acción por tomar, retener o dañar bienes o efectos muebles, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 5-218(3)). IDAHO ES UN ESTADO DE DOS RELOJES Y LA DIVISIÓN CORRE AL REVÉS QUE LA DE MONTANA —dos años para el cuerpo, tres para el coche—, que es lo que más se confunde. El § 27-2-207 de Montana concede dos años para el vehículo y tres para la persona, de modo que los dos estados vecinos son imágenes especulares y quien generalice de uno al otro perderá un plazo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años, y LA FRASE SOBRE EL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN ES LA OPERATIVA PARA LA VÍCTIMA DE UN CHOQUE: «Acciones contra funcionarios, por sanciones, sobre fianzas y por negligencia profesional o por lesiones personales. Dentro de dos (2) años: … 4. La acción para obtener indemnización por negligencia profesional, o por lesión a la persona, o por la muerte de alguien causada por acto ilícito o descuido de otro … pero en todas las demás acciones, nazcan de negligencia profesional o de otra causa, SE ENTENDERÁ QUE LA ACCIÓN NACIÓ EN EL MOMENTO DEL HECHO, ACTO U OMISIÓN DE QUE SE TRATE, Y EL PLAZO NO SE PRORROGARÁ POR RAZÓN DE CONSECUENCIAS O DAÑOS CONTINUADOS DERIVADOS DE ELLO» (§ 5-219(4)). Idaho lo dice expresamente en lugar de dejarlo a la jurisprudencia, así que el reloj corre desde el choque y una lesión que empeora no lo reinicia. NO SE PUBLICA REGLA DE DESCUBRIMIENTO PARA LA LESIÓN CORPORAL EN IDAHO: las excepciones de descubrimiento del mismo párrafo se limitan al cuerpo extraño olvidado y al ocultamiento fraudulento por quien mantiene una relación profesional o comercial, y ninguna alcanza a una colisión ordinaria. Nótese además el contraste con Vermont, cuyo § 512(4) ancla sus tres años a «la fecha del descubrimiento de la lesión» en el propio texto: los dos estados difieren en el desencadenante además de en la duración. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [4] Cinco años para demandar sobre la póliza, que es un instrumento escrito: «Acción sobre contrato escrito. Dentro de cinco (5) años: La acción sobre cualquier contrato, obligación o responsabilidad fundada en un instrumento escrito» (§ 5-216). DOS SALVEDADES VIAJAN CON LA CIFRA EN LUGAR DE OCULTARSE. Ninguna ley de Idaho leída para esta fila fija un plazo más corto para una reclamación de primera parte de automóvil, y NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA, de modo que una cláusula contractual puede acortarlo. Y el § 41-1839 no responde a esta pregunta: aporta un plazo de pago de treinta días con una consecuencia en costas, no un plazo de prescripción. |
| Regulador | Idaho Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Idaho →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Pago dentro de los 30 días siguientes a que la compañía afirme la responsabilidad, cuando el importe está determinado y no en disputa; explicación escrita de una denegación u oferta menor en 30 días (50 Ill. Adm. Code 919.50(a)). Illinois no fija días para acusar recibo ni decidir —el criterio es «un tiempo razonable»—; una reclamación de primera parte por daños físicos sin resolver 40 días naturales después de reportarse exige explicación escrita (919.80(b)(2)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [1] Acciones «para recuperar daños causados a bienes, inmuebles o muebles»: cinco años desde que nació la acción (735 ILCS 5/13-205). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] «Las acciones por lesiones a la persona … se iniciarán en los 2 años siguientes al nacimiento de la acción» (735 ILCS 5/13-202). |
| Regulador | Illinois Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Illinois →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 20 días desde la reclamación [3] Días hábiles, y este reloj lo pone en marcha el reclamante: corre desde que la aseguradora recibe la reclamación escrita que le ha trasladado el comisionado, no desde el siniestro ni desde la prueba de la pérdida. Quien crea que se ha cometido una práctica desleal de liquidación puede reclamar ante el comisionado, que tiene diez días hábiles para trasladar la reclamación a la aseguradora y contestar por escrito; la aseguradora dispone entonces de veinte días hábiles para entregar al comisionado y a la persona reclamante un informe escrito con «the specific reasons for actions taken», las razones concretas de cualquier inacción y, si el siniestro sigue abierto, «a good faith estimate of the time required for settlement» (Ind. Code § 27-4-1-5.6(c)–(d)). El Departamento repite la misma cifra en su propia página de reclamaciones. Indiana no fija ningún plazo general de acuse de recibo, investigación, decisión o pago. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Una sección, un plazo y las dos partidas: la acción por «injury to person or character» o «injury to personal property» «must be commenced within two (2) years after the cause of action accrues» (Ind. Code § 34-11-2-4(a)). La sección no fija regla de nacimiento de la acción, de modo que los dos años suelen contarse desde el choque, pero el texto no lo dice. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] El mismo § 34-11-2-4(a), y solo su apartado (a): los apartados (b) a (d) son una ampliación para abusos sexuales a menores y nada tienen que ver con una reclamación de tráfico. |
| Regulador | Indiana Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Indiana →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [3] Días naturales sin calificar: el capítulo 191—15 no define «día» y usa «día hábil» solo en sus secciones sobre rentas. «Al recibir la notificación de un siniestro, la aseguradora deberá, dentro de 15 días, acusar recibo de ese aviso salvo que el pago se haga dentro de ese plazo» (r. 191—15.42(1)), y la norma dice con sus propias palabras que «aseguradora» significa las de daños y responsabilidad, por lo que alcanza una reclamación de tráfico. Un segundo deber de quince días, continuo, rige durante toda la vida del siniestro: hay que responder en quince días a cada comunicación pertinente que razonablemente espere respuesta (r. 191—15.42(3)). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días naturales desde la prueba del siniestro debidamente cumplimentada, y el deber es de primera parte por sus propias palabras: «Dentro de los 30 días siguientes a la recepción por la aseguradora de pruebas del siniestro debidamente cumplimentadas, se comunicará al reclamante de primera parte por daños materiales la aceptación o el rechazo del siniestro por la aseguradora», y el rechazo debe ser por escrito citando la cláusula, condición o exclusión invocada (r. 191—15.41(2)). La prórroga no es indefinida: se deben motivos por escrito en treinta días y de nuevo cada cuarenta y cinco (r. 191—15.41(3)). El equivalente para el reclamante de tercera parte está redactado como «en un plazo razonable» y no fija días, por lo que aquí no se publica ninguno. |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días naturales desde la afirmación de responsabilidad, no desde el aviso: «La aseguradora afirmará o negará la responsabilidad sobre los siniestros en un plazo razonable y ofrecerá el pago dentro de los 30 días siguientes a la afirmación de responsabilidad, si el importe del siniestro está determinado y no se discute» (r. 191—15.41(6)). La otra mitad de esa misma subregla, el deber de afirmar o negar, no fija ningún plazo en días y no debe leerse como treinta días. Cuando concurren varias coberturas, la parte no discutida de una de ellas debe ofrecerse en treinta días si pagarla pusiera fin a la responsabilidad conocida de la aseguradora en esa cobertura. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «las fundadas en contratos no escritos, las interpuestas por daños a los bienes o por reparación basada en fraude … y todas las demás acciones no previstas de otro modo a este respecto» (§ 614.1(4)), con inicio en el nacimiento de la acción según el propio preámbulo de la sección («después de que nazcan sus causas, y no después»). Iowa es uno de los estados donde los dos plazos difieren realmente, y la diferencia está en el texto de una misma sección. Los apartados 8 y 10, excepciones citadas, no se leyeron y no afectan a una reclamación de tráfico. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años desde el nacimiento de la acción para «las fundadas en lesiones a la persona o a la reputación, incluidas las lesiones a derechos relativos, tanto si se basan en contrato como en responsabilidad extracontractual, o por sanción legal» (§ 614.1(2)). Conviene leer las palabras «tanto si se basan en contrato como en responsabilidad extracontractual»: replantear una reclamación por lesiones como reclamación contractual no otorga los diez años del § 614.1(5)(a). Es el más corto de los tres plazos de Iowa y el que rige la reclamación que hace la mayoría de los lectores. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 10 años desde el accidente [2] Diez años para las acciones «fundadas en contratos escritos» (§ 614.1(5)(a)): la póliza misma. Dos cautelas viajan con el plazo. La póliza puede pactar un plazo más corto para demandar a la aseguradora, y si alguna ley de Iowa fija un suelo a esa cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. Y el § 614.1(2) alcanza la reclamación por lesiones «tanto si se basa en contrato como en responsabilidad extracontractual», de modo que los diez años son un plazo contractual y no una vía para eludir los dos. |
| Regulador | Iowa Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Iowa →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Treinta días naturales, y es el reloj del PIP y no un deber general de pago: «Las prestaciones de protección contra lesiones personales pagaderas conforme a esta ley quedarán vencidas si no se pagan dentro de treinta (30) días desde que la aseguradora o autoasegurador recibe aviso escrito del hecho de una pérdida cubierta y de su importe, salvo que las prestaciones por incapacidad pagaderas conforme a esta ley deberán pagarse al menos cada dos (2) semanas después de ese aviso» (§ 40-3110(b)). Cada parte de la reclamación vence treinta días después del aviso escrito que la respalda. «Todo pago vencido devengará un interés simple del dieciocho por ciento (18 %) anual.» La escapatoria está en el mismo apartado: nada está vencido cuando la aseguradora «dispone de prueba razonable para establecer que no es responsable del pago», aunque se haya dado el aviso escrito. Kansas NO tiene plazo acreditado de acuse de recibo ni de afirmar o negar: véanse las notas. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica» (§ 60-513(a)(2)), y el plazo es de conocimiento y no de impacto: las acciones del apartado (a) «no se entenderán nacidas hasta que el hecho que las origina cause por primera vez un daño sustancial», o, cuando el daño no sea razonablemente comprobable de inmediato, hasta que lo sea, «pero en ningún caso podrá interponerse la acción más de 10 años después del hecho» (§ 60-513(b)). Los dos plazos de Kansas son de dos años y están en la misma sección, a diferencia de los dos y cinco de Iowa. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años por la vía residual de la misma sección —«una acción por lesión a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté aquí enumerada» (§ 60-513(a)(4))—, con la misma regla de nacimiento por daño sustancial y el mismo plazo absoluto de diez años (§ 60-513(b)). Un plazo mucho más corto rige el lado sin culpa de una reclamación de Kansas, y es fácil pasarlo por alto: «No podrá presentarse reclamación de prestaciones de protección contra lesiones personales después de dos (2) años desde la fecha de la lesión» (§ 40-3110(a)). La anotación del propio Revisor a esa sección la recoge como plazo de presentación de la reclamación y no como plazo de prescripción de la demanda, citando Patterson v. Allstate Ins. Co., 31 Kan. App. 2d 919, 75 P.3d 763 (2003); la anotación se leyó, la sentencia no, de modo que la distinción se atribuye a la anotación y no se afirma como resuelta. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «una acción sobre cualquier acuerdo, contrato o promesa por escrito» (§ 60-511(1)): la póliza misma. No rescata una reclamación PIP: el plazo de dos años del § 40-3110(a) muerde antes y en sus propios términos, sea cual sea el plazo contractual de la póliza. Si alguna ley de Kansas fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Kansas Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Kansas →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [6] Días hábiles, y el reglamento fija la unidad una sola vez por definición en lugar de repetirla en cada apartado: «Days» significa «cualquier día, de lunes a viernes, excepto festivos» (806 KAR 12:095 § 1(5)). Así, los quince días en que la aseguradora debe acusar recibo del aviso de siniestro, salvo que pague dentro de ese plazo, alcanzan unas tres semanas naturales (§ 5(1)). El aviso dado a un agente de la aseguradora es aviso a la aseguradora, y facilitar los formularios necesarios, las instrucciones y una asistencia razonable dentro de esos mismos quince días equivale a cumplir (§ 5(4)). Cada comunicación pertinente posterior que razonablemente espere respuesta abre sus propios quince días (§ 5(3)). |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [6] Días naturales, y expresamente: este apartado desplaza con sus propias palabras el valor por defecto de días hábiles del reglamento. El deber es «ofrecer cualquier pago debido dentro de treinta (30) días naturales desde la recepción de la prueba del siniestro», lo que es un deber de decidir y ofrecer más que un simple aceptar o rechazar, y en una reclamación con varias coberturas los importes no discutidos deben abonarse dentro de esos mismos treinta días naturales (806 KAR 12:095 § 6(1)(a)). Si necesita más tiempo, la aseguradora debe comunicarlo en treinta días naturales y volver a escribir a los cuarenta y cinco días naturales y cada cuarenta y cinco en adelante (§ 6(1)(c)–(d)). Cuando hay base acreditada para sospechar que el reclamante causó el siniestro de forma fraudulenta, el plazo no se prorroga sino que se sustituye: el deber pasa a ser aceptar o rechazar «en un plazo razonable para una investigación completa» (§ 6(1)(b)). El propio deber de aceptar o rechazar del § 6(5) no lleva plazo alguno en días, solo «un plazo razonable». |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [2] Legal y no reglamentario, y los días van sin calificar en la ley, de modo que se leen como días naturales: las prestaciones de reparación se pagan mensualmente a medida que se devenga la pérdida y quedan «vencidas si no se pagan dentro de los treinta (30) días siguientes a que la entidad obligada reciba prueba razonable del hecho y del importe de la pérdida sufrida» (KRS 304.39-210(1)(a)–(c)). El mismo apartado permite una alternativa lícita que puede llevar el pago más allá del día treinta: acumular reclamaciones por periodos no superiores a treinta y un días y pagar dentro de los quince días siguientes al periodo de acumulación. Una parte acreditada de la reclamación que alcance 100 $ o más vence por sí sola (KRS 304.39-210(1)(e)), y lo vencido devenga un doce por ciento anual, o un dieciocho por ciento «si la demora fue sin fundamento razonable» (KRS 304.39-210(2)). El reglamento añade su propio plazo de pago en el 806 KAR 12:095 § 6(5), y allí la unidad cambia dentro de una misma frase: treinta días hábiles desde la afirmación de la responsabilidad, y luego treinta días naturales para los importes no discutidos en pólizas con varias coberturas. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [5] Dos años desde el nacimiento de la acción por «la sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluida la acción de recuperación específica» (KRS 413.125). La sección tiene una sola frase y no contiene regla de descubrimiento ni plazo absoluto. Una advertencia que esta ficha recoge en lugar de allanar: como el KRS 304.39-060(2)(a) abole la responsabilidad civil solo por lesiones corporales, cabe sostener que la responsabilidad por daños materiales es «responsabilidad civil no abolida» a efectos del KRS 304.39-230(6), que fija los mismos dos años pero desde otro momento inicial. Ambos candidatos dan dos años; qué sección fija el inicio del plazo en una reclamación por daños al vehículo no se ha verificado todavía contra un texto primario, así que el inicio en el último pago de reparación del KRS 304.39-230(6) no se traslada a este reloj. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] El momento inicial es inusual y ninguna descripción genérica es segura: dos años «después de la lesión, o de la muerte, o de la fecha de emisión del último pago de reparación básica o adicional hecho por cualquier entidad obligada, lo que ocurra más tarde» (KRS 304.39-230(6)). Quien cobra prestaciones de reparación durante dieciocho meses tiene, por tanto, un plazo que empieza con el último pago y no con la colisión. Una reforma de 2017 añadió que un pago reemitido no prorroga la fecha y que el reclamante puede preguntar por escrito a la entidad obligada si un pago lo era. Hay que citar esta sección y no el KRS 413.140, cuyo plazo general por lesiones es de un año y no rige una reclamación de tráfico. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [4] Cuando no se han pagado prestaciones de reparación: dos años desde que el lesionado sufre la pérdida y sabe, o con diligencia razonable debería saber, que proviene del accidente, «o no más tarde de cuatro (4) años después del accidente, lo que ocurra antes», de modo que la regla de descubrimiento queda limitada por una barrera absoluta de cuatro años. Si ya se pagaron prestaciones, el plazo es de dos años desde el último pago (KRS 304.39-230(1)). Las prestaciones de supervivientes son aún más cortas: un año desde el fallecimiento o cuatro desde el accidente, lo que ocurra antes (KRS 304.39-230(2)). La incapacidad legal no suspende ninguno de estos plazos: la ley cuenta expresamente el periodo de incapacidad dentro del límite (KRS 304.39-230(5)). El plazo general de contrato escrito para una póliza actual de Kentucky es de diez años según el KRS 413.160, pero el KRS 304.39-230(1) lo desplaza para las prestaciones de reparación. |
| Regulador | Kentucky Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Kentucky →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 14 días desde la reclamación [5] Es un deber de EMPEZAR A TRAMITAR, no de acusar recibo de una carta, y se etiqueta así deliberadamente: «Salvo en caso de siniestro catastrófico, la aseguradora iniciará la tramitación de una reclamación por daños materiales y de una reclamación por gastos médicos razonables dentro de los catorce días siguientes a la notificación del siniestro por el reclamante», treinta días si el siniestro es catastrófico (La. R.S. 22:1892(A)(3)). El incumplimiento expone a la aseguradora a una sanción de la mayor de dos cifras: cinco mil dólares o el importe del apartado (I). Luisiana no tiene un plazo de acuse de recibo de la forma habitual, y si algún reglamento del Departamento de Seguros añade uno no se ha verificado todavía contra un texto primario. |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [5] Días naturales, no hábiles, y hay dos momentos iniciales distintos en apartados contiguos que esta ficha no fusiona. Una reclamación de primera parte debe pagarse «dentro de los treinta días siguientes a la recepción de una prueba satisfactoria del siniestro del asegurado o de cualquier interesado» (La. R.S. 22:1892(A)(1)). La reclamación de un tercero por daños materiales o por gastos médicos razonables debe pagarse «dentro de los treinta días siguientes al acuerdo escrito de transacción» (A)(2): el reloj del tercero arranca con el acuerdo escrito, no con el choque ni con la prueba del siniestro. Incumplir un plazo no genera penalización automática: el apartado (B)(1)(a) concede el cincuenta por ciento de lo debido, o mil dólares, la cifra mayor, más honorarios y costas razonables de abogado, solo cuando el incumplimiento «se aprecia arbitrario, caprichoso o sin causa probable», y la reclamación de esas penalizaciones prescribe a su vez en dos años. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] Dos años, y la fecha en que cambió el plazo importa tanto como la cifra: «Las acciones delictuales están sujetas a una prescripción liberatoria de dos años. Esta prescripción empieza a correr desde el día en que se sufre la lesión o el daño» (C.C. art. 3493.1). Como el artículo abarca todas las acciones delictuales, las lesiones y el daño al vehículo corren por el mismo reloj. Pero la ley que lo creó se aplica «solo con carácter prospectivo … a las acciones delictuales nacidas después de la fecha de entrada en vigor de esta ley» (Acts 2024, No. 423, § 3), de modo que los dos años alcanzan únicamente a los choques del 1 de julio de 2024 en adelante; un choque del 30 de junio de 2024 prescribió al año conforme al derogado art. 3492. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] El mismo artículo y el mismo plazo: dos años desde el día en que se sufre la lesión o el daño (C.C. art. 3493.1), y la misma regla de prospectividad: los dos años solo se aplican a los choques del 1 de julio de 2024 en adelante, porque la Acts 2024, No. 423, § 3 da a la ley «solo aplicación prospectiva». La célebre prescripción de un año de Luisiana ya no existe: el art. 3492 dice hoy «Derogado por la Acts 2024, No. 423, §2, con efecto el 1 de julio de 2024», y el art. 3493 fue derogado por la misma sección. Toda página que siga diciendo un año describe el derecho anterior a julio de 2024. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 10 años desde el accidente [4] La acción sobre la póliza es una acción personal, de modo que se aplica la prescripción residual de diez años del C.C. art. 3499 «salvo que la legislación disponga otra cosa». Es el techo, no el plazo operativo: lo que suele morder es la cláusula de plazo de la propia póliza, y el La. R.S. 22:868(B) solo le pone un suelo: no menos de veinticuatro meses desde el inicio del siniestro para una reclamación de primera parte en las clases de seguro que enumera por remisión al R.S. 22:47, y no menos de un año desde el nacimiento de la acción en los demás seguros, siendo nula toda condición más corta. Esas clases enumeradas no se leyeron, así que qué suelo alcanza a una póliza de automóvil particular no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. Demandar al conductor protege también a las aseguradoras: el R.S. 22:1269(B)(3) hace que esa demanda interrumpa la prescripción frente a toda aseguradora que cubra la reclamación. |
| Regulador | Louisiana Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Luisiana →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [3] TREINTA DÍAS PARA DISCUTIR O PAGAR, Y LA MISMA FRASE HACE LAS DOS COSAS: «La reclamación de pago de prestaciones al amparo de una póliza o certificado de seguro entregado o emitido para su entrega en este estado es pagadera dentro de los 30 días siguientes a que la aseguradora reciba la prueba del siniestro Y se determine la pérdida, ya sea por acuerdo escrito entre la aseguradora y el asegurado o beneficiario, ya sea mediante la presentación al asegurado o beneficiario de un laudo de árbitros conforme a lo previsto en la póliza. … LA RECLAMACIÓN QUE NI SE DISCUTE NI SE PAGA EN 30 DÍAS QUEDA VENCIDA. Si, durante esos 30 días, la aseguradora notifica POR ESCRITO al asegurado o beneficiario que se requiere información adicional razonable, la reclamación no discutida no queda vencida hasta 30 días después de que la aseguradora reciba la información adicional exigida» (24-A M.R.S. § 2436(1)). EL DESENCADENANTE SON DOS HECHOS Y NO UNO —la prueba del siniestro Y la determinación de la pérdida—, así que el reloj no arranca con el aviso de la reclamación. El reinicio por información adicional solo se produce SI LA ASEGURADORA LO PIDIÓ POR ESCRITO dentro de los treinta días originales; una petición verbal no lo detiene. Las excepciones de incendio y vida del mismo apartado se citan para que nadie las importe: la póliza estándar de incendio dispone de 60 días y el seguro de vida individual de 2 meses, y NINGUNA ALCANZA A UNA RECLAMACIÓN DE AUTOMÓVIL. Y LA UNIDAD LA FIJA LA PROPIA REDACCIÓN DEL LEGISLADOR y no una inferencia: el apartado (1-A) dice «30 días NATURALES» cuando pueden responder varias aseguradoras, de modo que los «30 días» sin calificativo del apartado (1) son también naturales y expresamente NO son hábiles. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Los MISMOS treinta días del § 2436(1): la reclamación «es pagadera dentro de 30 días» y la que «ni se discute ni se paga en 30 días queda vencida», de modo que la decisión y el pago comparten un solo plazo en lugar de correr sucesivamente como en Iowa, Kansas, Nebraska y Virginia Occidental. Cuando pueden responder varias aseguradoras la cuestión queda fuera de duda: el reclamante «puede presentar simultáneamente una reclamación de pago ante todas las aseguradoras potencialmente responsables», y «EL PAGO O LA DENEGACIÓN de una reclamación por cada aseguradora debe producirse dentro de 30 días NATURALES desde que la aseguradora ha recibido toda la información necesaria para pagar o denegar la reclamación, HAYA ACTUADO O NO OTRA ASEGURADORA con la que intente coordinarse» (§ 2436(1-A), reformado por PL 2025, c. 300): una aseguradora de Maine no puede esperar a otra. MAINE ACUMULA LAS DOS CONSECUENCIAS QUE OTROS ESTADOS USAN POR SEPARADO: «el importe de la reclamación vencida o de la parte vencida devenga un interés del 1,5 % mensual desde la fecha de vencimiento», el mismo tipo que Hawái; Y «los honorarios razonables de abogado por asesorar y representar al reclamante en una reclamación vencida … deberá pagarlos la aseguradora si las prestaciones vencidas se obtienen en una acción contra ella O SI LAS PRESTACIONES VENCIDAS SE PAGAN TRAS RECIBIR NOTICIA DE LA INTERVENCIÓN DEL ABOGADO» (§ 2436(3) y (4)). Ese segundo supuesto es el prácticamente útil y no aparece en ninguna otra fila de este conjunto de datos: los honorarios se deben incluso cuando la aseguradora simplemente paga al saber que hay abogado, sin sentencia alguna. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] Seis años, de la misma sección de una sola frase que rige la reclamación por lesiones y la acción sobre la póliza: «Seis años. Toda acción civil se iniciará dentro de los 6 años siguientes al nacimiento de la acción y no después, salvo las acciones sobre una sentencia o resolución de cualquier tribunal de registro de los Estados Unidos, de cualquier estado o de un juez de paz de este estado, Y SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE» (14 M.R.S. § 752). MAINE ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO Y SEIS AÑOS ES EL PLAZO EXTRACONTRACTUAL MÁS LARGO DE CUALQUIER FILA ESTADOUNIDENSE DE ESTE CONJUNTO DE DATOS, salvo los diez años residuales de Rhode Island para daños materiales. DOS SALVEDADES VIAJAN CON LA CIFRA EN LUGAR DE OCULTARSE. La reserva final significa que un plazo especial situado en otro lugar del derecho de Maine lo desplazaría, y NO SE HIZO BÚSQUEDA ALGUNA DE UN PLAZO ESPECIAL DE VEHÍCULOS DE MOTOR: el § 752 se leyó solo, y un plazo de seis años es lo bastante inusual como para cerrar la reserva en lugar de darla por vacía. Y dentro de esos seis años acecha una trampa dura de dos años en el lado de primera parte: cuando la aseguradora del otro conductor entra en insolvencia, la reclamación solo alcanza la propia cobertura frente a vehículo sin seguro si «se ha dado aviso escrito de ese siniestro a la aseguradora dentro de los 2 años siguientes» (24-A M.R.S. § 2902(3)(C)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 6 años desde el accidente [2] Los MISMOS seis años del 14 M.R.S. § 752, publicados por separado solo porque el campo lo exige: una sola frase cubre la reclamación por lesión corporal, la de daños al vehículo y la acción sobre la póliza, todas desde que «nace la acción». Maine no nombra ningún plazo propio de «lesión personal», y por eso la reclamación por lesiones llega a través de la regla general de las acciones civiles y no de una sección que mencione lesiones. RIGE LA MISMA RESERVA DE «SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE», QUE NO SE CERRÓ, así que los seis años nunca deben describirse como si nada en el derecho de Maine pudiera acortarlos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Otra vez los mismos seis años: la acción sobre la póliza es una acción civil del 14 M.R.S. § 752, y no se halló plazo de primera parte más corto en nada de lo leído para esta fila. NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA. Nótese qué da Maine al asegurado en lugar de un reloj más corto: una acción legal de primera parte contra su propia aseguradora al amparo del 24-A M.R.S. § 2436-A, con daños, costas, honorarios razonables de abogado e intereses del 1,5 % mensual, cuyo propio plazo de prescripción no quedó fijado por nada de lo leído aquí. |
| Regulador | Maine Bureau of Insurance, Department of Professional and Financial Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Maine →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [1] Es el reloj de la revisión, no el de la primera instancia: quien reclama puede pedir por escrito una revisión «within 60 days after receiving notice of a decision», y «the corporation shall respond to the claimant within 30 days after receiving an application for review» (MPIC Act, s. 172(1), (3)). Toda decisión sobre una reclamación debe darse por escrito y motivada (s. 170(1)), y la decisión de revisión también lleva motivación escrita (s. 173(2)); a partir de ahí hay 90 días para apelar ante la Automobile Injury Compensation Appeal Commission (s. 174(1)). Si alguna disposición fija un plazo para que MPI decida una reclamación en primera instancia no se ha verificado todavía contra un texto primario. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el día en que se descubre la reclamación (Limitations Act, s. 6), entendiendo por descubrimiento el primer día en que quien reclama supo o debió saber que hubo daño, que lo causó un acto u omisión, de quién fue y que un proceso sería el remedio adecuado (s. 7). Quien reclama «has the burden of proving that a proceeding has been commenced within the basic limitation period» (s. 9), y no puede iniciarse ningún proceso más de quince años después del acto u omisión (s. 10(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] Es un plazo para solicitar, no un plazo de prescripción de una demanda: no hay acción por lesiones que interponer. La reclamación debe presentarse «within two years after the day of the accident» o, si un profesional observa dentro de esos dos años síntomas que no eran aparentes inmediatamente después del accidente, en los dos años siguientes a esa primera observación (MPIC Act, s. 141(1)); la reclamación por fallecimiento corre dos años desde la muerte (s. 141(2)) y quien era menor tiene dos años desde que cumple dieciocho (s. 141(3)). MPI «may waive a time limit» si considera que hubo una excusa razonable: es una facultad discrecional, no un derecho (s. 141(5)). |
| Regulador | Manitoba Public Insurance (MPI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Manitoba →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [3] Días corridos, y limitados a las prestaciones obligatorias de primera parte y no a una transacción de responsabilidad civil ni al pago de los daños del vehículo: la aseguradora «shall make all payments of the benefits described in § 19-505 of this subtitle periodically as claims for the benefits arise and within 30 days after the insurer receives satisfactory proof of claim» (Insurance § 19-508(a)(1)), y los pagos vencidos «shall bear simple interest at the rate of 1.5% per month» (§ 19-508(c)). Un par de relojes distinto rige la vía de conductor sin seguro y de «enhanced underinsured»: cuando el reclamante remite por correo certificado a su aseguradora la oferta de transacción que agotaría los límites del responsable, esa aseguradora tiene 60 días para consentir o negarse por escrito y, si se niega, 30 días para pagar ella misma el importe de la oferta (§§ 19-511(b)–(d), 19-511.1(b)–(d)). Maryland no fija por ley ningún plazo general de acuse de recibo, investigación o confirmación o negativa de cobertura. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] Una sola sección lo cubre todo: «A civil action at law shall be filed within three years from the date it accrues unless another provision of the Code provides a different period of time within which an action shall be commenced» (Courts and Judicial Proceedings § 5-101). No hay un plazo aparte para los daños materiales ni para el tráfico, y la sección no fija regla de nacimiento de la acción: tres años «from the date it accrues», que en un choque suele ser la colisión. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] El mismo § 5-101 y los mismos tres años para la reclamación por lesiones que para el coche. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [1] Los mismos tres años, como acción contractual del Courts and Judicial Proceedings § 5-101. Si una póliza de automóvil de Maryland puede pactar menos no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma: se leyeron veinte secciones del Insurance Article y la sección de prescripción sin encontrar ninguna disposición que anule o ponga suelo a esa cláusula, y el hallazgo se limita a las secciones leídas. El único suelo legal localizado en el material de Maryland recae sobre la presentación de la reclamación y no sobre la demanda: la póliza puede fijar un plazo de «not less than 12 months» desde el accidente para presentar la reclamación original de prestaciones de primera parte, y la aseguradora debe escribir al asegurado indicándole la última fecha en que puede presentarla (Insurance § 19-508(a)(2)(i), (b)(1)). |
| Regulador | Maryland Insurance Administration |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Maryland →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 2 días desde la reclamación [6] Días hábiles, y es un deber de asignación más que de acuse de recibo: «La asignación de un tasador se hará dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicha reclamación», contados desde una reclamación oral o escrita, y no se aplica cuando la pérdida menos la franquicia aplicable es inferior a 1.500 $ (212 CMR 2.04(1)(a)). La tasación debe transmitirse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la asignación. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] Días laborables, en las palabras de la propia ley, y el plazo lo activa la reclamación escrita del reclamante y no el accidente: «La aseguradora responderá por escrito dentro de los quince días laborables siguientes a la recepción de dicha reclamación escrita, exponiendo su decisión de aceptar la reclamación, aceptar una parte, rechazarla o … el importe por el que está dispuesta a transigir» (M.G.L. c. 90, § 34O). La misma sección protege al reclamante frente al aviso tardío del asegurado siempre que el reclamante remita a la aseguradora aviso escrito del accidente dentro de los treinta días siguientes. |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 10 días desde la reclamación [2] «Una vez notificada la incapacidad por un médico con licencia, la aseguradora iniciará los pagos médicos dentro de diez días o dará aviso escrito de su intención de no hacerlos, especificando las razones del impago»; las prestaciones impagadas durante más de treinta días convierten a la parte no pagada en parte de un contrato con la aseguradora, con derecho a demandar en vía contractual y, si recupera algo, con costas y honorarios razonables de abogado (M.G.L. c. 90, § 34M). La ley dice «días», no días naturales ni hábiles. En una reclamación de primera parte por el vehículo el plazo es de siete días desde la recepción del formulario de trabajo terminado (c. 90, § 34O). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [5] «Las acciones de tort … se iniciarán solo dentro de los tres años siguientes al nacimiento de la acción» (M.G.L. c. 260, § 2A). Massachusetts no separa el reloj del vehículo del reloj de las lesiones: el § 2A cubre las acciones de tort como clase y nada en él aparta los daños materiales. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [5] Tres años según la M.G.L. c. 260, § 2A, y confirmado por el § 4, que nombra «las acciones de tort por lesiones corporales o por muerte cuyo pago de sentencias debe garantizarse conforme al capítulo noventa» con los mismos tres años: ambas secciones coinciden y no hace falta desempate. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [5] Plazo contractual general: «Las acciones de contrato, distintas de las de reclamación por lesiones personales … se iniciarán solo dentro de los seis años» (M.G.L. c. 260, § 2), que es la vía que el § 34M da a quien reclama prestaciones PIP impagadas. Una póliza de auto suele llevar una cláusula de plazo de demanda más corta, y para esta página no se leyó ninguna disposición de Massachusetts que rija tales cláusulas, así que los seis años no son el plazo práctico. Aparte, quien reclama debe presentar la reclamación PIP a la aseguradora dentro de los dos años siguientes al accidente (c. 90, § 34M). |
| Regulador | Massachusetts Division of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Massachusetts →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [1] El plazo arranca con la documentación completa, no con el choque ni con el aviso: «El crédito que resulte del contrato de seguro vencerá treinta días después de la fecha en que la empresa haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación» (Ley sobre el Contrato de Seguro art. 71). Es nula la cláusula que condicione la exigibilidad al reconocimiento de la empresa o a la comprobación en juicio. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] En materia federal: «La acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos del presente capítulo, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño» (Código Civil Federal art. 1934). Un choque en una vía estatal se rige por el código civil de esa entidad, que no fue leído. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] Misma regla de dos años del art. 1934 para las lesiones, con la misma advertencia de que solo rige en materia federal. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] Las acciones derivadas del contrato de seguro prescriben en dos años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen (Ley sobre el Contrato de Seguro art. 81 fr. II; cinco años para la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida). Tratándose del siniestro, el plazo corre desde el día en que llegó a conocimiento de los interesados, quienes deben demostrarlo (art. 82), y ninguna cláusula puede abreviar ni extender ese plazo (art. 83). |
| Regulador | CONDUSEF — Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en México →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 30 días desde la reclamación [5] Fuera del capítulo 31: «La aseguradora especificará por escrito los materiales que constituyen una prueba satisfactoria de la pérdida no más tarde de 30 días tras la recepción de una reclamación, salvo que la reclamación se liquide dentro de esos 30 días», tras lo cual el importe respaldado por la prueba se considera pagado a tiempo si se abona en 60 días, y las prestaciones impagadas devengan un 12 % de interés simple desde el día 60 (MCL 500.2006(3)–(4)). Cuando esta sección y el capítulo 31 son específicamente incompatibles, rige el capítulo 31 (§ 500.2006(6)), de modo que para las prestaciones de protección personal el reloj operativo es el MCL 500.3142. Para un reclamante de tercera parte el interés depende además de la mala fe apreciada por un tribunal, así que la regla de los 60 días no es simétrica entre primera y tercera parte. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [5] Las prestaciones de personal protection insurance «quedan vencidas si no se pagan dentro de los 30 días siguientes a que la aseguradora reciba prueba razonable del hecho y del importe de la pérdida sufrida», y «el pago vencido devenga interés simple al 12 % anual» (MCL 500.3142(2), (4)); cuando la factura de un producto, servicio, alojamiento o formación llega a la aseguradora más de 90 días después de haberse prestado, la aseguradora obtiene 60 días adicionales a los 30 (§ 500.3142(3)). La ley dice 30 y 60 días sin decir naturales ni hábiles, y aquí no se añade esa palabra. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Un solo plazo cubre lesiones y bienes: «el plazo de prescripción es de 3 años desde el momento de la muerte o de la lesión para todas las acciones por la muerte de una persona o por lesión a una persona o a los bienes» (MCL 600.5805(2)). El cómputo arranca en el momento de la lesión, no en el del descubrimiento. La captura leída está completa hasta la Public Act 149 de 2024. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [3] Tres años desde el momento de la muerte o de la lesión, el mismo plazo que la ley da a las reclamaciones por daños a los bienes (MCL 600.5805(1)–(2)); la captura leída está completa hasta la Public Act 149 de 2024. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde el accidente [4] La acción por prestaciones de personal protection insurance «no puede iniciarse más de 1 año después de la fecha del accidente que causó la lesión, salvo que se haya dado a la aseguradora aviso escrito de la lesión … dentro de 1 año tras el accidente o salvo que la aseguradora ya haya hecho un pago» (MCL 500.3145(1)); si hubo aviso o pago, la acción corre un año desde la última pérdida incurrida, y «el reclamante no puede recuperar prestaciones por ninguna porción de la pérdida incurrida más de 1 año antes de la fecha en que se inició la acción» (§ 500.3145(2)). El plazo se suspende desde una reclamación concreta hasta que la aseguradora la deniega formalmente, y solo si la reclamación se sigue con diligencia razonable (§ 500.3145(3)); las prestaciones de property protection tienen un año seco desde el accidente (§ 500.3145(5)). Las demás acciones contractuales sobre la póliza prescriben en seis años (MCL 600.5807(9)), y una póliza personal de auto no puede acortar ninguno de estos plazos: la cláusula de plazo abreviado de acción está prohibida y es nula (Mich. Admin. Code R 500.2212(2)–(3)). |
| Regulador | Michigan Department of Insurance and Financial Services (DIFS) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Michigan →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [3] Días hábiles, no naturales: la aseguradora puede acusar recibo de la comunicación de un reclamante de primera parte pagando, escribiendo o mediante un acuse verbal anotado y fechado en el expediente, en todo caso «within ten (10) working days» desde la recepción, y esos mismos diez días hábiles rigen para «all communications from any claimant that reasonably suggests a response is expected» (20 CSR 100-1.030(1)(A)1.–3., (1)(B)). Entregar en esos mismos diez días hábiles los formularios, instrucciones y asistencia necesarios equivale a cumplir (§ 100-1.030(3)), y la comunicación a cualquier agente o mediador que represente a la aseguradora cuenta como comunicación a la aseguradora. La ley añade una cifra propia en días naturales: quince días naturales para entregar los formularios necesarios para presentar la reclamación (§ 375.1007(13), RSMo). |
|---|---|
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] Días hábiles, y el detonante no es el aviso del siniestro: «within fifteen (15) working days after the submission of all forms necessary to establish the nature and extent of any claim, the first-party claimant shall be advised of the acceptance or denial of the claim», y ninguna reclamación puede denegarse invocando una cláusula, condición o exclusión concreta si la denegación no la cita, por escrito y con copia en el expediente (20 CSR 100-1.050(1)(A)). Si la aseguradora necesita más tiempo debe decirlo dentro de ese mismo plazo y con sus razones, y volver a escribir «within forty-five (45) days» —días corridos, en el mismo reglamento— y cada cuarenta y cinco días a partir de entonces (§ 100-1.050(1)(C)). Misuri no tiene plazo de investigación: el reglamento que en su día fijó uno, el 20 CSR 100-1.040, figura en el capítulo bajo las palabras «(Rescinded July 30, 2008)». |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde que se conoció el daño [2] Un solo apartado reúne las dos partidas: la acción «for taking, detaining or injuring any goods or chattels … or for any other injury to the person or rights of another, not arising on contract» debe interponerse en cinco años (§ 516.120(4), RSMo). La fecha de inicio no es el choque por defecto: la acción no nace «when the wrong is done … but when the damage resulting therefrom is sustained and is capable of ascertainment» y, si hay más de una partida de daño, con la última (§ 516.100). |
| Plazo para demandar por lesiones | 5 años desde que se conoció el daño [2] Los mismos cinco años y el mismo apartado que la reclamación por el vehículo, de modo que no hay un plazo más corto para las lesiones que se pueda perder (§ 516.120(4), RSMo), contados desde que el daño «is sustained and is capable of ascertainment» (§ 516.100). |
| Regulador | Missouri Department of Commerce and Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Misuri →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] Dos años: «Daños que afectan a bienes. DENTRO DE 2 AÑOS es el plazo prescrito para el ejercicio de la acción por: (1) daño, deterioro o allanamiento de bienes inmuebles o muebles; (2) TOMAR, RETENER O DAÑAR BIENES O EFECTOS MUEBLES, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles; (3) matar o lesionar ganado por una corporación o compañía ferroviaria» (§ 27-2-207). MONTANA ES UN ESTADO DE DOS RELOJES EN LA DIRECCIÓN INUSUAL —LA RECLAMACIÓN POR EL VEHÍCULO MUERE UN AÑO ANTES QUE LA DE LESIONES, dos años para el coche frente a tres para el cuerpo— Y SU VECINO IDAHO DIVIDE AL CONTRARIO, dos para el cuerpo y tres para el coche en los §§ 5-219(4) y 5-218(3). Los dos estados son imágenes especulares, de modo que quien generalice de uno al otro perderá un plazo; por eso ambos plazos de Montana se publican con nota propia y no resumidos como «dos a tres años». |
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| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [3] Tres años, y Montana encauza la reclamación por lesión personal a través del apartado residual y no de una sección que la nombre: «27-2-204. (Temporary) Acciones extracontractuales — general y lesión personal. (1) Salvo lo previsto en el 27-2-216, el plazo prescrito para el ejercicio de UNA ACCIÓN SOBRE UNA RESPONSABILIDAD NO FUNDADA EN INSTRUMENTO ESCRITO es de 3 años.» El apartado (2) concede tres años para la muerte causada por acto ilícito o descuido de otro, «salvo cuando la muerte por culpa ajena resulte de un homicidio, caso en el que el plazo es de 10 años»; el apartado (3) concede dos años para la injuria, la calumnia, la agresión, las vías de hecho, la detención ilegal o la seducción, de modo que los tres años son el plazo específico de la NEGLIGENCIA. ESTA SECCIÓN TAMBIÉN LLEVA DOS TEXTOS ETIQUETADOS Y LA CIFRA ES SEGURA EN CUALQUIER CASO: el texto «(Effective October 1, 2026)» mantiene los mismos tres años y solo cambia la lista de excepciones remitidas, añadiendo el § 27-2-219 junto al § 27-2-216 (línea de historia «amd. Sec. 4, Ch. 709, L. 2025»). ASÍ QUE SE PUBLICA LA CIFRA Y NO LAS EXCEPCIONES: no se abrió ni el § 27-2-216 ni el § 27-2-219, de modo que si alguna de ellas alcanza a una reclamación por lesiones de vehículo de motor no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el rechazo [5] DOS AÑOS, NO SEIS, Y PUBLICAR SEIS A SECAS SERÍA ACTIVAMENTE ENGAÑOSO. El plazo operativo de Montana para una acción por tramitación de siniestros es el suyo propio: «El plazo prescrito para el ejercicio de una acción al amparo de esta sección es: (a) para un asegurado, DE 2 AÑOS DESDE LA FECHA DE LA INFRACCIÓN DEL 33-18-201; y (b) para un reclamante tercero, DE 1 AÑO DESDE LA FECHA DE LA TRANSACCIÓN O DEL DICTADO DE SENTENCIA SOBRE LA RECLAMACIÓN SUBYACENTE» (§ 33-18-242(8)). Dos años para el asegurado es el reloj de primera parte más corto de cualquier fila de este conjunto de datos, y el AÑO del reclamante tercero es aún más corto. UNA NOTA SOBRE EL DESENCADENANTE, PORQUE ESTE CONJUNTO DE DATOS NO TIENE UN VALOR DE ENUMERACIÓN PARA ÉL: la ley corre desde «la fecha de la infracción del 33-18-201», que no es el accidente, ni la presentación de la reclamación, ni estrictamente una denegación; se usa el valor disponible más próximo y aquí se dan las palabras de la propia ley para que nada quede oculto: el reloj arranca cuando la aseguradora comete la práctica de que se trata, que en la mayoría de los casos es una negativa o una falta de liquidación. LA VÍA CONTRACTUAL SEPARADA ES DE SEIS AÑOS Y SE NOMBRA JUNTO A ESTA Y NO EN SU LUGAR: «el plazo prescrito para el ejercicio de una acción sobre cualquier contrato, pacto, obligación o responsabilidad fundada en instrumento escrito es de 6 años» (§ 27-2-202(1)), con cinco años cuando no se funda en un escrito y tres en una obligación no contractual. El reclamante que suponga seis años para todo frente a una aseguradora llegará tarde por la vía legal. |
| Regulador | Montana Commissioner of Securities and Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Montana →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [3] QUINCE DÍAS HÁBILES, NO NATURALES: la norma define la unidad para todo el capítulo en sus propias definiciones —«003.05 “Días” significa días hábiles»—. Así que «Toda aseguradora, al recibir la notificación de un siniestro, deberá, dentro de quince (15) días, acusar recibo de ese aviso salvo que el pago se haga dentro de ese plazo» (§ 006.01) son unas tres semanas naturales, no dos. El aviso al agente de la aseguradora cuenta como aviso a la aseguradora, salvo que el agente advierta al reclamante de que no está autorizado a recibir avisos de siniestro. A su lado corren tres deberes paralelos de quince días hábiles: responder a toda comunicación pertinente que espere respuesta (§ 006.03), facilitar los formularios necesarios, las instrucciones y una asistencia razonable (§ 006.04) y un deber expreso de «iniciar la investigación» del siniestro (§ 007). La ley confirma la unidad por su cuenta: el § 44-1540(14) fija «quince días hábiles» para los formularios. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] De nuevo quince días HÁBILES, y en Nebraska tanto el desencadenante como el alcance son más amplios que la norma: «Dentro de quince (15) días desde la recepción por la aseguradora de la información de liquidación o de una prueba del siniestro debidamente cumplimentada, se comunicará al reclamante la aceptación o el rechazo del siniestro por la aseguradora», y el rechazo debe ser por escrito citando la cláusula, condición o exclusión invocada y quedar documentado en el expediente (§ 008.01). El desencadenante es la información de liquidación O la prueba del siniestro, lo que llegue primero —más amplio que el desencadenante de Iowa, limitado a la prueba del siniestro— y «reclamante» se define en el § 003.04 incluyendo a los de TERCERA parte, de modo que el deber de decidir alcanza al reclamante del otro conductor y no solo al asegurado. La prórroga cuesta un motivo por escrito en quince días y otro motivo por escrito cada treinta días después, y cesa cuando el siniestro entra en litigio (§ 008.02). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 15 días desde la reclamación [3] Quince días HÁBILES desde la ACEPTACIÓN del reclamante, y es el segundo de dos relojes distintos dentro de un mismo apartado, que no deben fundirse: «Cuando no haya controversia sobre la cobertura respecto de una o más partes de la póliza y la responsabilidad sea razonablemente clara, la aseguradora ofrecerá a los reclamantes, dentro de quince (15) días desde la recepción de la información de liquidación, importes dentro de los límites de la póliza que sean justos y razonables según su investigación concluida. La aseguradora ofrecerá el pago dentro de quince (15) días desde la aceptación del reclamante» (§ 008.04). El mismo apartado exige pagar la parte no discutida a pesar de las controversias sobre otras partes. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 25-207(2)), al amparo de las propias palabras iniciales de la sección: «Las siguientes acciones solo pueden interponerse dentro de cuatro años». Ambos plazos de Nebraska son de cuatro años y ambos están en esa única sección, la pareja más larga de los estados de su entorno. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años para «una acción por lesión a los derechos del demandante, que no nazca de contrato y no esté enumerada más adelante» (§ 25-207(3)): el doble de los dos años que concede Kansas, inmediatamente al sur, sobre una reclamación materialmente igual. La sección alcanza la intrusión, la apropiación, otros ilícitos civiles y el fraude, y declara su límite de cuatro años en su frase inicial. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «un documento solemne, o cualquier acuerdo, contrato o promesa por escrito, o una sentencia extranjera» (§ 25-205(1)): la póliza misma. El apartado (2), la excepción citada, es una salvedad sobre garantías agrícolas y no alcanza una póliza de automóvil. Si alguna ley de Nebraska fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Nebraska Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nebraska →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 20 días desde la reclamación [6] Días hábiles, y la norma lo dice así: toda aseguradora debe acusar recibo del aviso de siniestro en 20 días hábiles salvo que pague dentro de ese plazo, y el aviso dado a su agente es aviso a la aseguradora (NAC 686A.665(1)). Facilitar formularios, instrucciones y asistencia razonable dentro de esos mismos 20 días hábiles equivale a cumplir (NAC 686A.665(4)). La aseguradora debe además iniciar la investigación en 20 días hábiles y completarla en 30 días naturales salvo que razonablemente no pueda (NAC 686A.670). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [6] Días hábiles: «Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción por la aseguradora de la prueba del siniestro debidamente formalizada, debe comunicarse al reclamante de primera parte la aceptación o el rechazo de la reclamación». El rechazo debe ser escrito y no puede apoyarse en una cláusula, condición o exclusión de la póliza si el rechazo no la cita (NAC 686A.675(1)). Si necesita más tiempo, la aseguradora debe avisarlo dentro de esos mismos 30 días hábiles y volver a escribir cada 30 días con los motivos (NAC 686A.675(3)). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [6] Aquí son días naturales, y el cambio de unidad ocurre en el mismo par de frases que los 30 días hábiles anteriores: «Si se acepta la reclamación del reclamante de primera parte, la aseguradora la pagará en los 30 días siguientes a la aceptación. Si la reclamación aceptada no se paga en ese plazo, la aseguradora pagará intereses al tipo establecido conforme al NRS 99.040» (NAC 686A.675(1)). Cuando se discute una parte de la reclamación, la parte no discutida debe pagarse igualmente si puede hacerse sin perjuicio de ningún interesado (NAC 686A.675(7)). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] «En 3 años: … Una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles» (NRS 11.190(3)(c)): un año más que el plazo por lesiones, y una diferencia que esta ficha recoge en lugar de allanar. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «En 2 años: … una acción para reclamar daños por lesiones a una persona o por la muerte de una persona causada por el acto ilícito o la negligencia de otro» (NRS 11.190(4)(e)). Esos mismos dos años cubren la reclamación por fallecimiento. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años para «una acción sobre un contrato, obligación o responsabilidad fundada en un documento escrito» (NRS 11.190(1)(b)). Es el plazo residual, no el operativo: la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza puede ser más corta, y aquí no se afirma si alguna norma de Nevada le fija un suelo; se revisó el capítulo 687B del NRS y no contiene ninguno, pero es un capítulo del Título 57 y no el título completo. |
| Regulador | Nevada Division of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nevada →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [1] «The insurer shall pay the insurance money for which it is liable under this contract within sixty days after the proof of loss has been received by it or, where an appraisal is made under subcondition (8) of statutory condition 4, within fifteen days after the award is rendered by the appraisers» (Insurance Act, condición legal 6(1)). Días simples y sin matices, y palabra por palabra la misma condición que la mandatory condition 6(1) de Nueva Escocia y su equivalente de Terranova y Labrador: las provincias atlánticas comparten la maquinaria, y precisamente por eso los importes y los disparadores de prescripción deben leerse en la ley de cada una. El lado de las prestaciones por accidente de una póliza de Nuevo Brunswick está en la Standard Automobile Policy establecida por reglamento, que no se abrió, de modo que aquí no se publica ningún plazo de pago de primera parte. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] La misma regla general cubre la reclamación del vehículo: Nuevo Brunswick no separa los relojes. Dos años desde el descubrimiento y nunca más de quince desde el acto u omisión, lo que ocurra primero (s. 5(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [3] «No claim shall be brought after the earlier of (a) two years from the day on which the claim is discovered, and (b) fifteen years from the day on which the act or omission on which the claim is based occurred», y la reclamación se descubre cuando quien reclama supo por primera vez, o razonablemente debió saber, que la pérdida se produjo, que la causó o contribuyó a ella un acto u omisión y que ese acto u omisión era del demandado (Limitation of Actions Act, S.N.B. 2009, c. L-8.5, s. 5(1) y (2)). El test de descubrimiento tiene tres elementos donde el de la vecina Nueva Escocia tiene cuatro: Nuevo Brunswick no exige saber que la pérdida es lo bastante grave para justificar un proceso, así que el reloj puede arrancar antes aquí con hechos idénticos. El acto u omisión continuado se considera un acto u omisión distinto cada día que continúa (s. 6). Nada de lo leído establece un equivalente de la facultad judicial de Nueva Escocia para inadmitir la excepción de prescripción, y aquí no se afirma en ningún sentido. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] «Every action or proceeding against the insurer under this contract in respect of loss or damage to the automobile shall be commenced within two years next after the happening of the loss and not afterwards, and in respect of loss or damage to persons or property shall be commenced within two years next after the cause of action arose and not afterwards» (Insurance Act, condición legal 6(3)). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que corre desde que se produjo la pérdida; el de la pérdida o daño a personas o bienes corre en cambio desde que nació la acción. Nótese la divergencia con Nueva Escocia y con Terranova y Labrador, cuya condición equivalente hace correr el plazo de indemnidad desde que un tribunal establece la responsabilidad del asegurado: las provincias atlánticas comparten el texto de estas condiciones legales, pero no sus disparadores. |
| Regulador | New Brunswick Financial and Consumer Services Commission |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nuevo Brunswick →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 45 días desde la reclamación [3] Cuarenta y cinco días desde la prueba del siniestro, y es el ÚNICO plazo duro que la normativa de Nuevo México impone a la aseguradora: la aseguradora «que durante cuarenta y cinco días, tras haberse aportado la prueba del siniestro exigida, no pague a quien tiene derecho la cantidad justamente debida responderá de la cantidad debida e impagada con intereses sobre ese importe al tipo de una vez y media el tipo preferencial de los bancos de Nuevo México durante el período en que la reclamación esté impagada. Los intereses se devengarán, y el tipo se determinará, a partir del día cuarenta y seis siguiente a la aportación de la prueba del siniestro» (§ 59A-16-21(B)). EL TIPO ES VARIABLE Y AQUÍ NO SE IMPRIME NINGÚN PORCENTAJE, porque la ley no imprime ninguno. El apartado (C) retira todo el mecanismo cuando la reclamación pasa a arbitraje o a litigio. NUEVO MÉXICO NO TIENE PLAZO DE ACUSE DE RECIBO NI DE AFIRMAR O NEGAR, y eso es un hallazgo acreditado y no un hueco: véanse las notas. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde que se conoció el daño [2] Cuatro años para «las interpuestas por daños a los bienes o por apropiación de bienes muebles o por reparación basada en fraude, y todas las demás acciones no previstas ni especificadas aquí de otro modo» (§ 37-1-4), y para los bienes el plazo es de CONOCIMIENTO por obra de otra sección: «en las acciones por daños a los bienes, o por su apropiación, la acción no se entenderá nacida hasta que el perjudicado haya descubierto el fraude, el error, el daño o la apropiación de que se trate» (§ 37-1-7). Esa sección no alcanza la lesión a la persona, de modo que un mismo choque puede arrancar dos plazos con dos reglas distintas. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años, y la sección en que vive se lee de forma extraña porque el plazo por lesiones es una cláusula al final de una disposición que trata sobre todo de fianzas: «Las acciones deben interponerse contra los fiadores de fianzas oficiales … dentro de dos años desde que la responsabilidad del principal … quede definitivamente establecida …, y por lesión a la persona o a la reputación de cualquiera, dentro de tres años» (§ 37-1-8). La regla de conocimiento del § 37-1-7 está limitada por sus propias palabras a los bienes y a la apropiación y aquí no se extiende; el § 37-1-1 sitúa este plazo en el nacimiento de la acción. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Seis años para las «acciones fundadas en cualquier fianza, pagaré, letra de cambio u otro contrato por escrito» (§ 37-1-3(A)): la póliza misma, y el plazo contractual de primera parte más largo de su ronda. No alarga los plazos extracontractuales, y si alguna ley de Nuevo México fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | New Mexico Office of Superintendent of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nuevo México →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [1] Las prestaciones de primera parte (sin culpa) quedan vencidas si no se pagan en los 30 días siguientes a que el reclamante aporte la prueba del hecho y del importe; los pagos vencidos devengan un 2 % mensual más honorarios razonables de abogado (Ins. Law § 5106(a)). El reglamento de siniestros del Department of Financial Services (11 NYCRR 216) fija otros plazos que no pudieron leerse para esta página y no se indican. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] «acción para recuperar daños por lesión a bienes»: tres años (C.P.L.R. § 214(4)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] «acción para recuperar daños por lesión personal»: tres años (C.P.L.R. § 214(5)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Plazo general de «la acción sobre una obligación o responsabilidad contractual» (C.P.L.R. § 213(2)); cuándo nace la acción de primera parte del régimen sin culpa lo rige jurisprudencia no leída para esta página. |
| Regulador | New York State Department of Financial Services |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nueva York →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [1] «The insurer shall pay the insurance money for which it is liable under this contract within 60 days after the proof of loss has been received by it or, where an appraisal is made …» (Automobile Insurance Act, condición legal sobre el pago del dinero del seguro): días simples y sin matices, y la misma cifra que la mandatory condition 6(1) de Nueva Escocia y la condición legal 6(1) de Nuevo Brunswick. Otro plazo favorece a quien reclama: cuando la aseguradora somete a una persona a examen médico y recibe el informe, debe asegurarse de que esa persona reciba copia dentro de sesenta días desde que la aseguradora lo recibió. Las prestaciones obligatorias por accidente de la provincia las fija un reglamento que no se alcanzó, de modo que aquí no se publica ningún plazo de pago de primera parte. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] Un solo apartado cubre a la vez la lesión a una persona y el daño a bienes, así que la reclamación del vehículo corre en el mismo plazo de dos años y la calificación de la acción —contrato, responsabilidad extracontractual o deber legal— no altera el plazo (s. 5(a)). El daño a bienes también se nombra en el artículo de aplazamiento, de modo que rigen el mismo disparador de descubrimiento y el mismo límite último de treinta años (ss. 14(1) y 22). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años, y el disparador viene de un segundo artículo. En su literalidad, la s. 5 hace correr el plazo desde «the date on which the right to do so arose» y veda tras dos años la acción «for damages in respect of injury to a person or property, including economic loss arising from the injury whether based on contract, tort or statutory duty» (Limitations Act, S.N.L. 1995, c. L-16.1, s. 5(a)). Pero en la lesión personal y el daño a bienes el plazo «does not begin to run against a person until the person knows or, considering all circumstances of the matter, ought to know that the person has a cause of action» (s. 14(1)), de modo que en la práctica es una regla de descubrimiento, formulada con un solo elemento frente a los cuatro de Nueva Escocia y los tres de Nuevo Brunswick. El límite último es la mayor divergencia de la región: «no action to which this Act applies shall be brought after the expiration of 30 years from the date on which the event which gave rise to the cause of action last occurred» (s. 22): treinta años, donde Nueva Escocia y Nuevo Brunswick imponen quince cada una. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] Dos años, desde dos disparadores distintos, y ninguno es el accidente en la reclamación de indemnidad. La acción contra la aseguradora «in respect of a claim for indemnification for liability to the insured … shall be started within 2 years after the liability of the insured is established by a court and not afterwards», mientras que «all other actions or proceedings against the insurer, under this contract, in respect of loss or damage to the automobile shall be started within 2 years from the time the loss or damage was sustained» (Automobile Insurance Act, condición legal sobre prescripción de acciones). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que sí corre desde la pérdida. Esto sigue a Nueva Escocia y no a Nuevo Brunswick, cuya condición equivalente hace correr el plazo de indemnidad desde que nació la acción: tres provincias, un texto legal compartido, dos disparadores distintos. |
| Regulador | Office of the Superintendent of Insurance, Digital Government and Service NL |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Terranova y Labrador →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [4] TREINTA DÍAS DESDE LA PRUEBA RAZONABLE, PERO LA REGLA DE AGRUPACIÓN DEBE VIAJAR CON ELLOS O EL PLAZO QUEDA EXAGERADO. «1. LAS PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS Y DE EXCESO OPCIONAL SON PAGADERAS MENSUALMENTE por la pérdida económica … 2. Las prestaciones sin culpa básicas y de exceso opcional QUEDAN VENCIDAS SI NO SE PAGAN DENTRO DE TREINTA DÍAS DESPUÉS DE QUE LA ASEGURADORA BÁSICA SIN CULPA RECIBA PRUEBA RAZONABLE DEL HECHO Y DEL IMPORTE DE LA PÉRDIDA SUFRIDA, SALVO QUE LA ASEGURADORA BÁSICA SIN CULPA PUEDE AGRUPAR RECLAMACIONES POR PERIODOS QUE NO EXCEDAN DE UN MES, Y LAS PRESTACIONES NO QUEDAN VENCIDAS SI SE PAGAN DENTRO DE VEINTE DÍAS DESPUÉS DEL PERIODO DE AGRUPACIÓN. Si no se aporta prueba razonable de la totalidad de la reclamación, EL IMPORTE SUSTENTADO POR PRUEBA RAZONABLE QUEDA VENCIDO SI NO SE PAGA DENTRO DE TREINTA DÍAS desde la recepción de la prueba … EL PAGO SE ENTIENDE HECHO EN LA FECHA DEL ENVÍO POSTAL. Todos los pagos vencidos devengarán el interés al tipo de sentencia permitido en la sección 28-20-34» (§ 26.1-41-09(1) y (2)). De modo que la aseguradora puede agrupar reclamaciones hasta un mes y dispone entonces de VEINTE DÍAS MÁS, y el límite exterior real de una reclamación agrupada es superior a treinta días; la prueba parcial activa el pago parcial con su propio reloj de treinta días; y el pago se entiende hecho AL ENVIARSE y no al recibirse. LOS DÍAS FIGURAN SIN CALIFICATIVO, de modo que son naturales según el texto. NO SE IMPRIME NINGÚN PORCENTAJE PARA EL INTERÉS DE DEMORA, Y LA OMISIÓN ES DELIBERADA: el tipo es el interés de la sentencia incorporado del § 28-20-34, que no se abrió, de modo que el tipo no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí, la misma disciplina que exigió la fila del tipo preferencial variable de Nuevo México. ESTE CAMPO ES UN DEBER DE PRIMERA PARTE Y NADA MÁS, y no debe leerse como un plazo de pago en una reclamación de responsabilidad frente a la aseguradora del otro conductor. Una regla vecina de la misma sección conviene conocerla y no tiene equivalente en ninguna otra fila de este conjunto de datos: «3. NI EL LESIONADO NI UNA ASEGURADORA BÁSICA SIN CULPA ESTÁN OBLIGADOS A PAGAR SERVICIOS FACTURADOS MÁS DE CIENTO OCHENTA DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DEL TRATAMIENTO», de modo que un proveedor que factura tarde no puede cobrar de nadie, ni de la aseguradora ni del paciente. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] Seis años: «Acciones con plazo de seis años. Las siguientes acciones deben ejercitarse DENTRO DE SEIS AÑOS DESDE QUE NACIÓ LA PRETENSIÓN: … 4. La acción por TOMAR, RETENER O DAÑAR BIENES O EFECTOS MUEBLES, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 28-01-16(4)). DAKOTA DEL NORTE ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO EN EL LADO EXTRACONTRACTUAL —los mismos seis años para el cuerpo y para el coche—, LO QUE LO DISTINGUE NÍTIDAMENTE DE SUS DOS VECINOS DE ESTA RONDA: Idaho divide en dos y tres, Montana en tres y dos, y los dos corren en direcciones opuestas. Seis años igualan a Maine como el reloj extracontractual más largo de cualquier fila estadounidense de este conjunto de datos. ATENCIÓN A LO QUE ESTE PLAZO NO RIGE: la reclamación de prestaciones sin culpa básicas o de exceso opcional corre por el § 26.1-41-19, que desplaza los seis años «no obstante cualquier plazo prescrito en otro lugar de la legislación de este estado», de modo que Dakota del Norte tiene dos regímenes en paralelo y una fila que publicara seis años para todo se equivocaría en el lado de primera parte. |
| Plazo para demandar por lesiones | 6 años desde el accidente [2] Seis años desde el nacimiento de la acción y, como en Montana y Wyoming, la reclamación por lesión personal llega a través de un apartado RESIDUAL y no de una sección que la nombre: «5. La acción por conversación criminal o por CUALQUIER OTRA LESIÓN A LA PERSONA O A LOS DERECHOS DE OTRO QUE NO NAZCA DE CONTRATO, CUANDO NO SE DISPONGA EXPRESAMENTE OTRA COSA» (§ 28-01-16(5)). LA RESERVA FINAL ES PORTANTE Y NO UN ADORNO: «cuando no se disponga expresamente otra cosa» es precisamente lo que el § 26.1-41-19(4) usa para desplazar este plazo en las reclamaciones de prestaciones sin culpa, de modo que los seis años rigen la reclamación EXTRACONTRACTUAL frente al otro conductor y no una reclamación de prestaciones frente a la propia aseguradora. Nótese además la forma de la propia reclamación extracontractual en un estado sin culpa: los seis años no sirven para el perjuicio no patrimonial salvo que la lesión sea una «serious injury» del § 26.1-41-01(21), y solo sirven para la pérdida económica que exceda de lo que las prestaciones sin culpa pagaron o vayan a pagar. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [3] DOS AÑOS DESDE EL DESCUBRIMIENTO CON UN LÍMITE EXTERIOR DE CUATRO AÑOS DESDE EL ACCIDENTE, «EL QUE SEA ANTERIOR», Y LA ESTRUCTURA ES LA CONTRARIA DEL «EL QUE SEA POSTERIOR» FAVORABLE AL RECLAMANTE DE HAWÁI, LO QUE HACE DE LA DE DAKOTA DEL NORTE LA MÁS PELIGROSA DE LAS DOS SI SE LEE MAL. «26.1-41-19. Prescripción de acciones. 1. SI NO SE HAN PAGADO PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS NI DE EXCESO OPCIONAL por la pérdida, la acción por las prestaciones puede ejercitarse A MÁS TARDAR DOS AÑOS DESPUÉS DE QUE EL LESIONADO SUFRA LA PÉRDIDA Y SEPA, O CON DILIGENCIA RAZONABLE DEBIERA SABER, QUE LA PÉRDIDA FUE CAUSADA POR EL ACCIDENTE, O A MÁS TARDAR CUATRO AÑOS DESPUÉS DEL ACCIDENTE, EL QUE SEA ANTERIOR. SI SE HAN PAGADO PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS O DE EXCESO OPCIONAL por la pérdida, la acción para recuperar prestaciones adicionales por esa pérdida, por el mismo o por otro reclamante, PUEDE EJERCITARSE A MÁS TARDAR CUATRO AÑOS DESPUÉS DEL ÚLTIMO PAGO DE PRESTACIONES.» Así que una reclamación pagada dispone de cuatro años desde el ÚLTIMO PAGO, mientras que una no pagada queda atrapada por el que de los dos plazos expire primero. El campo lleva el plazo de dos años desde el descubrimiento porque es el que muerde primero en el caso ordinario; el tope de cuatro años y la regla de los cuatro años desde el último pago se enuncian aquí porque ninguno puede representarse con un solo valor. DOS PLAZOS MÁS DE LA MISMA SECCIÓN SE HACEN CONSTAR SIN PUBLICARSE: el apartado 2 añade plazos propios de dos y seis años para las prestaciones de supervivientes, y el apartado 3 concede al reclamante de una reclamación asignada SESENTA DÍAS desde el aviso escrito de rechazo. Y ESTA SECCIÓN RESUELVE EL CONFLICTO ANTES DE QUE SURJA: «4. LOS PLAZOS PRESCRITOS EN ESTA SECCIÓN RIGEN TODAS LAS ACCIONES POR PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS Y DE EXCESO OPCIONAL AL AMPARO DE ESTE CAPÍTULO, NO OBSTANTE CUALQUIER PLAZO PRESCRITO EN OTRO LUGAR DE LA LEGISLACIÓN DE ESTE ESTADO», de modo que desplaza los seis años del § 28-01-16 solo para las reclamaciones de prestaciones, y los seis años del § 28-01-16(1) sobre «un contrato, obligación o responsabilidad, expresa o implícita» siguen siendo la vía de una disputa contractual con la aseguradora que no sea de prestaciones. |
| Regulador | North Dakota Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Dakota del Norte →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [1] Acciones fundadas en responsabilidad extracontractual (Limitation (Northern Ireland) Order 1989, art. 6(1)). |
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| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que nació la acción o, si es posterior, desde la fecha de conocimiento del lesionado (art. 7). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Irlanda del Norte →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [4] Nueva Escocia hace correr dos relojes de pago y publicar solo uno desfigura la provincia. Los sesenta días de aquí son el reloj de los daños materiales y de la indemnidad: la aseguradora «shall pay the insurance money for which it is liable under this contract within sixty days after the proof of loss has been received by it or, where an appraisal is made …, within fifteen days after the award is rendered by the appraisers» (condición obligatoria 6(1)). En el lado de primera parte de la Section B el plazo es la mitad: «all amounts payable under this section, other than benefits under Part II of subsection 2, shall be paid by the Insurer within 30 days after it has received proof of claim», y las prestaciones periódicas por pérdida de ingresos se pagan después «within each 30-day period while the Insurer remains liable» previa prueba de incapacidad continuada (Section B, apartado (7)(a)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] La misma regla general cubre los bienes: Nueva Escocia no separa los relojes. Dos años desde el descubrimiento y nunca más de quince desde el acto u omisión, lo que ocurra primero (s. 8(1)). La carga de la prueba se reparte entre los dos elementos —quien reclama prueba que lo hizo dentro del plazo de descubrimiento y el demandado prueba que lo hizo fuera del de quince años (s. 9)— y la facultad discrecional del s. 12 alcanza solo a las reclamaciones por daños personales, de modo que no salva una reclamación tardía por el daño del vehículo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] La reclamación «may not be brought after the earlier of (a) two years from the day on which the claim is discovered; and (b) fifteen years from the day on which the act or omission on which the claim is based occurred» (Limitation of Actions Act, S.N.S. 2014, c. 35, s. 8(1)). El test de descubrimiento tiene cuatro elementos y el cuarto es el que mueve la fecha inicial en una reclamación de tejidos blandos: quien reclama debe haber sabido, o razonablemente debido saber, que la pérdida se produjo, que la causó o contribuyó a ella un acto u omisión, que ese acto u omisión era del demandado y «that the injury, loss or damage is sufficiently serious to warrant a proceeding» (s. 8(2)). Solo en las reclamaciones por daños personales, el tribunal «may disallow a defence based on the limitation period and allow the claim to proceed if it appears to the court to be just» según un balance de perjuicios, pero nunca «if the claim is brought more than two years after the expiry of the limitation period» (s. 12(2) y (3) y (6)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [4] Dos años, y la cifra esconde dos disparadores distintos, ninguno de los cuales es el accidente en la reclamación de indemnidad. Toda acción contra la aseguradora «in respect of a claim for indemnification for liability of the insured … shall be commenced within two years after the liability of the insured is established by a court of competent jurisdiction and not afterwards», mientras que «every other action or proceeding against the insurer under the contract in respect of loss or damage to the automobile shall be commenced within two years from the time the loss or damage was sustained» (Automobile Insurance Contract Mandatory Conditions Regulations, condición obligatoria 6(3)). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que sí corre desde la pérdida; el de indemnidad empieza solo cuando un tribunal ha establecido la responsabilidad del asegurado, por lo que decir «dos años desde el accidente» sería erróneo para él. |
| Regulador | Nova Scotia Superintendent of Insurance (Department of Finance and Treasury Board) |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nueva Escocia →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 30 días desde la reclamación [4] Días naturales, y la forma sin calificar es deliberada: la misma ley escribe «veinte (20) días naturales» en el 36 O.S. § 1250.4(B) cuando quiere decir días naturales, de modo que un «days» a secas es la forma sin calificar del propio legislador y se reproduce en lugar de resolverse. «Toda aseguradora de daños, dentro de los treinta (30) días siguientes a recibir la comunicación de un siniestro, acusará recibo de esa comunicación salvo que efectúe el pago dentro de ese plazo», y la comunicación dada a un agente es comunicación a la aseguradora (§ 1250.6(A)). Facilitar formularios, instrucciones y asistencia razonable dentro de esos mismos treinta días equivale a cumplir (§ 1250.6(B)). Cada comunicación pertinente posterior del reclamante que razonablemente espere respuesta —incluidos el correo electrónico y una comunicación verbal documentada— abre sus propios treinta días (§ 1250.4(C)). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 60 días desde la reclamación [4] De nuevo días naturales, y el deber es más blando que un aceptar-o-rechazar estricto: «Dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción por una aseguradora de daños de la prueba del siniestro debidamente formalizada, se comunicará al reclamante de primera parte la aceptación o el rechazo de la reclamación por la aseguradora, o si es necesaria una investigación adicional», de modo que la aseguradora lo cumple diciendo que necesita seguir investigando. El rechazo debe ser escrito y no puede apoyarse en una cláusula, condición o exclusión de la póliza si el rechazo no la cita (36 O.S. § 1250.7(A)). La investigación debe completarse en sesenta días desde la comunicación de la prueba del siniestro, con una carta motivada a los sesenta días y, cosa poco habitual entre los estados de este conjunto de datos, con un tope absoluto: «el tiempo de investigación no excederá de ciento veinte (120) días desde la recepción de la prueba del siniestro», salvo fraude o incendio intencional acreditados (§ 1250.7(C)). El Comisionado puede añadir veinte días tras una catástrofe declarada por el Gobernador, y todos los plazos de la sección se apagan en cuanto se interpone la demanda (§ 1250.7(G)). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [3] Dos años desde el nacimiento de la acción para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica» (12 O.S. § 95(A)(3)): en el mismo apartado y bajo el mismo encabezamiento «En dos (2) años» que la reclamación por lesiones. Oklahoma es un estado de un solo reloj: no hay un plazo patrimonial más largo al que acogerse, y la reclamación por el vehículo no sobrevive a la de lesiones. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] Dos años por la cláusula residual de negligencia del mismo apartado, «una acción por lesión a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté enumerada más adelante» (12 O.S. § 95(A)(3)). El plazo de un año del apartado siguiente se comprobó y se rechazó: el § 95(A)(4) alcanza a «la difamación, la calumnia, la agresión, las lesiones, la persecución maliciosa o la detención ilegal» —los ilícitos intencionales por su nombre— y una lesión causada por negligencia no es ninguno de ellos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [3] Cinco años para «cualquier contrato, acuerdo o promesa por escrito» (12 O.S. § 95(A)(1)), y a diferencia de sus equivalentes en otros estados el apartado no se limita a la acción por deuda. Pero es el respaldo legal, no el plazo operativo: rige la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza, con el suelo del 36 O.S. § 3617 por límite: es nula la cláusula que «impida interponer una acción contra tal aseguradora por más de seis (6) meses desde el nacimiento de la acción», como también la que reduzca el plazo por debajo de dos años en seguros distintos de los de daños, o por debajo de un año desde la fecha del hecho en los de daños, y la cláusula nula «no afectará a la validez de las demás disposiciones de la póliza». Conviene leer la cláusula de plazo de la póliza, porque ese plazo, con ese suelo por límite, es el que se va a discutir. |
| Regulador | Oklahoma Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Oklahoma →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 10 días desde la reclamación [4] Días hábiles: para las prestaciones por accidente que paga tu propia aseguradora, esta debe pagar o notificar por escrito el rechazo en los 10 días hábiles siguientes a recibir la solicitud y el certificado de incapacidad (O. Reg. 34/10, s. 36(4)). Debes avisar a la aseguradora de tu intención de reclamar en los siete días siguientes al accidente (s. 32(1)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [1] Dos años desde el día en que se descubrió la reclamación (Limitations Act, 2002, s. 4), y nunca más de 15 años desde el acto u omisión (s. 15(2)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [1] Mismo plazo básico de dos años; la reclamación se descubre cuando la persona supo, o debió saber, que la lesión ocurrió, que la causó un acto u omisión del demandado y que un proceso era el remedio adecuado (s. 5). |
| Regulador | Financial Services Regulatory Authority of Ontario (FSRA) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Ontario →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 60 días desde la reclamación [1] Días naturales, y se trata de un plazo para rechazar prestaciones de protección contra lesiones personales, no de un deber general de aceptar o denegar: la aseguradora que rechaza prestaciones PIP debe comunicarlo por escrito dentro de 60 días naturales desde que recibe la reclamación del proveedor, indicando el motivo y la vía para impugnarlo (ORS 742.528). Esos mismos 60 días naturales hacen que los cargos de un proveedor se presuman razonables y necesarios si no se rechazan (ORS 742.524(1)(a)). Las prestaciones PIP deben pagarse «prontamente tras la prueba del siniestro», sin plazo en días (ORS 742.520(4)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [3] El daño al vehículo es «una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles» y prescribe a los seis años (ORS 12.080(4)): el triple del plazo por lesiones. Un plazo absoluto de diez años se superpone a ambas partidas sin prorrogar ninguna (ORS 12.115). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «Una acción por agresión, lesión, detención ilegal, o por cualquier lesión a la persona o a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté especialmente enumerada en este capítulo, deberá iniciarse en dos años» (ORS 12.110(1)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años sobre la póliza como contrato (ORS 12.080(1)); la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza puede ser más corta y no se leyó, y no se buscó si el derecho de Oregón fija un suelo a esa cláusula. La reclamación frente a conductores sin seguro o con seguro insuficiente tiene un reloj mucho más corto y muy distinto: según el ORS 742.504(12)(a) no nace acción alguna salvo que, dentro de los dos años siguientes al accidente, se haya acordado el importe debido, se haya instado formalmente el arbitraje, se haya presentado demanda contra la aseguradora o se haya demandado al conductor sin seguro; y negociar con la propia aseguradora no es ninguna de esas cuatro cosas. |
| Regulador | Oregon Division of Financial Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Oregón →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [3] Días hábiles: acusar recibo del aviso y facilitar formularios e instrucciones en 10 días hábiles (31 Pa. Code § 146.5(a), (d)). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] Días hábiles desde la recepción de la prueba del siniestro debidamente cumplimentada; toda denegación debe citar la cláusula en que se apoya; las prórrogas exigen motivos por escrito y cartas cada 45 días (§ 146.7(a)(1), (c)(1)). La investigación debe completarse en 30 días desde el aviso (§ 146.6). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [1] Las prestaciones de primera parte quedan vencidas si no se pagan en 30 días desde la prueba razonable del importe; devengan un 12 % anual y, si la negativa fue irrazonable, honorarios de abogado (75 Pa.C.S. § 1716). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] «Acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles»: dos años (42 Pa.C.S. § 5524(3)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] «Acción por lesiones a la persona o por la muerte de una persona causada por el acto ilícito o negligencia de otro»: dos años (42 Pa.C.S. § 5524(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 4 años desde el accidente [1] Acción por prestaciones de primera parte impagadas: cuatro años desde el accidente, o desde el último pago si hubo alguno (75 Pa.C.S. § 1721(a)); la acción general sobre la póliza como contrato escrito también prescribe a los cuatro años (42 Pa.C.S. § 5525(a)(8)). |
| Regulador | Pennsylvania Insurance Department |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Pensilvania →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [5] Rige para las reclamaciones del contrato de seguro, no para el SOAT, y el mecanismo importa: cuando objetivamente no existe convenio de ajuste, el siniestro «se entenderá como consentido … cuando la aseguradora no se haya pronunciado sobre el monto reclamado en un plazo que no exceda de los treinta (30) días contados desde la fecha de haberse completado toda la documentación exigida en la póliza»: treinta días de silencio tras la documentación completa se entienden como consentimiento. El pago vence luego a los treinta días de ese consentimiento, con un interés moratorio de uno punto cinco veces la tasa promedio de las operaciones activas (Ley 29946 art. 74). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 10 días desde la reclamación [3] Las indemnizaciones del SOAT se pagan «dentro del plazo máximo de diez (10) días siguientes a la presentación de los antecedentes» que el reglamento enumera: el Formato Registro de Accidentes de Tránsito y, según el caso, el certificado de defunción, el certificado médico o los comprobantes (TUO art. 33). El plazo lo dispara la documentación, no el accidente. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [1] «Prescriben, salvo disposición diversa de la ley: … 4.- A los dos años … la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual» (Código Civil art. 2001 inc. 4, modificado por la Ley 30179 del 6 de abril de 2014). El mismo plazo cubre el daño al vehículo y las lesiones. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] Misma regla de dos años del art. 2001 inc. 4 para la acción indemnizatoria extracontractual. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [4] Esto rige solo para el SOAT: el derecho a solicitar a la compañía de seguros la indemnización obligatoria «se extingue dentro del plazo de prescripción de la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual, conforme al numeral 4 del artículo 2001 del Código Civil» (TUO art. 18, sustituido por el D.S. 009-2019-MTC) y, tratándose de muerte, ese plazo no se inicia hasta que vence el deber de publicación y comunicación del art. 42. Es un plazo distinto del de las acciones fundadas en el contrato de seguro, que prescriben a los diez años desde el siniestro (Ley 29946 art. 78); aquí no se mezclan. |
| Regulador | Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Perú →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 60 días desde la reclamación [3] Es un deber del Código Civil, no un estándar de servicio de un supervisor: la aseguradora «est tenue de payer l’indemnité dans les 60 jours suivant la réception de la déclaration de sinistre ou, s’il en a fait la demande, des renseignements pertinents et des pièces justificatives» (art. 2473), y la persona asegurada debe declarar el siniestro a la aseguradora en cuanto tiene conocimiento de él (art. 2470). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Tres años para la acción que hace valer un derecho personal cuando no hay otro plazo fijado (Código Civil de Quebec, art. 2925); cuando el perjuicio «se manifeste graduellement ou tardivement», el plazo corre desde el día en que se manifiesta por primera vez (art. 2926). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] Se trata de una solicitud a un asegurador público, no de una demanda: la acción por lesión corporal está abolida, y el derecho a la indemnización de la SAAQ «se prescrit par trois ans à compter de l’accident ou de la manifestation du préjudice et, dans le cas d’une indemnité de décès, à compter du décès» (Loi sur l’assurance automobile, art. 11). La solicitud a la Société interrumpe la prescripción del Código Civil hasta que se dicte una decisión definitiva. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [3] La acción sobre el contrato de seguro no tiene plazo especial, de modo que rige el plazo general de tres años del art. 2925, con el art. 2926 retrasando su inicio cuando el perjuicio aparece tardíamente. El Código Civil no fija un plazo contractual más corto. |
| Regulador | Autorité des marchés financiers (AMF) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Quebec →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [4] TREINTA DÍAS PARA RESPONDER A UNA RECLAMACIÓN, PRORROGABLES SOLO CON EL ACUERDO DEL ASEGURADO: «(16) NO RESPONDER A UNA RECLAMACIÓN DENTRO DE TREINTA (30) DÍAS, SALVO QUE EL ASEGURADO ACEPTE UN PLAZO MAYOR» (§ 27-9.1-4(a)(16)). RHODE ISLAND TIENE EL CALENDARIO DE TRAMITACIÓN MÁS PRECISO NUMÉRICAMENTE DE ESTE CONJUNTO DE DATOS Y MEZCLA LAS DOS UNIDADES DENTRO DE UNA MISMA SECCIÓN, RAZÓN POR LA CUAL CADA UNIDAD SE CITA EN LUGAR DE PARAFRASEARSE. Junto a los treinta días: «(13) no facilitar los formularios necesarios para presentar las reclamaciones DENTRO DE DIEZ (10) DÍAS NATURALES desde la solicitud, con explicaciones razonables sobre su uso»; y sobre el propio vehículo, «(26) no practicar una tasación inicial DENTRO DE TRES (3) DÍAS HÁBILES desde que se recibe la solicitud de un taller de carrocería», siempre que el vehículo dañado esté en las instalaciones del taller al hacerse la solicitud, «y no practicar una inspección de tasación complementaria del vehículo DENTRO DE CUATRO (4) DÍAS HÁBILES desde que se recibe la solicitud de un taller de carrocería. SI EL TASADOR DE LA ASEGURADORA NO INSPECCIONA EL VEHÍCULO DAÑADO DENTRO DEL NÚMERO DE DÍAS HÁBILES ASIGNADO … LA ASEGURADORA PERDERÁ SU DERECHO A INSPECCIONAR EL VEHÍCULO DAÑADO ANTES DE LA REPARACIÓN, Y LA NEGOCIACIÓN SE LIMITARÁ A LA MANO DE OBRA Y AL PRECIO DE LAS PIEZAS y no podrá, salvo que la aseguradora aporte prueba objetiva en contrario, ALCANZAR LAS DISPUTAS SOBRE LA EXISTENCIA DEL DAÑO NI SOBRE EL MODO DE REPARACIÓN ELEGIDO.» Esa pérdida opera por sí sola y es la consecuencia más útil asociada a un plazo incumplido en todo este conjunto de datos. Otra práctica merece conocerse por sí misma: «(15) INDUCIR A ERROR AL RECLAMANTE SOBRE EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN APLICABLE.» UN LÍMITE A TODO ELLO SE PUBLICA EN LA PROPIA FILA EN LUGAR DE OMITIRSE, PORQUE ES UN PRESUPUESTO REAL Y NO UNA OBJECIÓN MENOR: las palabras iniciales de la sección hacen que cada acto enumerado sea práctica desleal solo «SI SE COMETE EN INFRACCIÓN DEL § 27-9.1-3», y el § 27-9.1-3 NO SE LEYÓ. Así que estas cifras se publican como prohibiciones de la propia ley cuyo presupuesto no se ha verificado todavía contra un texto primario, y no como plazos autónomos que un reclamante pueda exigir sin más. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 10 años desde el accidente [3] DIEZ AÑOS, Y ES EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN MÁS LARGO DE CUALQUIER FILA DE ESTE CONJUNTO DE DATOS, POR CUATRO AÑOS DE DIFERENCIA. UN REVISOR SENTIRÁ LA TENTACIÓN DE TRATARLO COMO UN ERROR; ES EL TEXTO, Y NO SON TRES. «§ 9-1-13. Prescripción de acciones en general — Responsabilidad por producto. (a) SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE, TODAS LAS ACCIONES CIVILES SE EJERCITARÁN DENTRO DE LOS DIEZ (10) AÑOS SIGUIENTES AL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS.» RHODE ISLAND NO TIENE APARTADO PROPIO PARA LOS DAÑOS A LOS BIENES: el § 9-1-14 solo cubre las «palabras dichas» en su apartado (a) y las «lesiones a la persona» en su apartado (b), de modo que NO HAY EN ÉL PLAZO ALGUNO DE TRES AÑOS PARA LOS DAÑOS AL VEHÍCULO, y la reclamación por el daño a un coche cae en los diez años residuales del § 9-1-13(a), igual que la acción sobre la póliza como contrato. Todo resumen que dé tres años para los daños al vehículo en Rhode Island ha trasladado allí el plazo de las lesiones. ESTA FILA ES DELIBERADAMENTE PRUDENTE EN UN PUNTO Y LO DICE EN LUGAR DE AFIRMAR DE MÁS: NO sostiene que nada más en el derecho de Rhode Island «disponga especialmente» sobre los daños al vehículo, porque no se hizo búsqueda a texto completo del título 9; un plazo de diez años es lo bastante inusual como para cerrar la reserva en lugar de darla por vacía. Nótese además que el apartado (b), los diez años desde la primera compra para las reclamaciones por producto, lleva del publicador la marca «[Ruled unconstitutional, see case notes]» y NO se invoca aquí; la marca se cita como aparato del publicador y no se leyó ninguna sentencia. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años desde el nacimiento de la acción: «(b) LAS ACCIONES POR LESIONES A LA PERSONA SE EJERCITARÁN Y DEMANDARÁN DENTRO DE LOS TRES (3) AÑOS SIGUIENTES AL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS, salvo lo previsto en el apartado (c) de esta sección. No obstante cuanto aquí se diga, toda reclamación basada en abuso o explotación sexual de un menor se regirá por el § 9-1-51» (§ 9-1-14(b)). CONVIENE CITAR EL APARTADO (b) Y NO LA SECCIÓN: el apartado (a) de la misma sección es el plazo de UN AÑO para las «palabras dichas», que es lo que produce una lectura descuidada del «§ 9-1-14». Y ATENCIÓN A LO QUE LA SECCIÓN NO CONTIENE: no hay en ella apartado alguno sobre daños a los bienes, razón por la cual la reclamación por el vehículo corre por los diez años residuales del § 9-1-13(a) y no por estos tres. Quien suponga un único plazo de Rhode Island para todo el siniestro se equivocará en un sentido o en el otro. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] TRES AÑOS, PRORROGABLES EN OTROS 120 DÍAS SOLO EN EL CASO DE LA ACCIÓN DIRECTA, Y LAS CONDICIONES DEBEN ENUNCIARSE CON EXACTITUD, PORQUE LA PRÓRROGA NO ES UN PLAZO DE GRACIA GENERAL. «(c) En cuanto a la acción por lesiones personales en que el perjudicado tenga derecho a proceder contra una aseguradora conforme al § 27-7-2, CUANDO LA ACCIÓN SE HAYA INTERPUESTO POR LO DEMÁS CORRECTAMENTE CONTRA UN ASEGURADO DENTRO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN ESTA SECCIÓN, Y EL EMPLAZAMIENTO AL ASEGURADO CAUSANTE SE HAYA DEVUELTO COMO “NON EST INVENTUS” Y SE HAYA PRESENTADO ANTE EL TRIBUNAL, ENTONCES EL PLAZO LEGAL PARA INTERPONER UNA ACCIÓN AL AMPARO DEL § 27-7-2 DIRECTAMENTE CONTRA UNA ASEGURADORA SE PRORROGARÁ CIENTO VEINTE (120) DÍAS ADICIONALES desde la expiración del plazo previsto en el apartado (b) de esta sección» (§ 9-1-14(c)): una prórroga de 120 días que no se halla en ninguna otra jurisdicción de este conjunto de datos. Las tres condiciones son acumulativas: la demanda debe haberse interpuesto YA correctamente contra el asegurado dentro de los tres años, Y el emplazamiento al causante debe haberse devuelto como «non est inventus», Y esa devolución debe haberse presentado ante el tribunal. LA REGLA DE NO ACUMULACIÓN ES LA RAZÓN DE SER DEL MECANISMO Y SE PUBLICA CON ÉL: el perjudicado, «en su demanda contra el asegurado, NO ACUMULARÁ A LA ASEGURADORA COMO DEMANDADA», y solo puede proceder directamente contra ella cuando el emplazamiento se devuelva como «non est inventus», o en tres supuestos de fallecimiento del asegurado, o «tras haber obtenido sentencia contra el asegurado solo … en una acción separada contra la aseguradora»; y «los plazos para interponer tales acciones se regirán por lo dispuesto en el § 9-1-14 según corresponda, incluida … cualquier prórroga del plazo de prescripción por lesiones a la persona prevista en el § 9-1-14(c)» (§ 27-7-2). UNA DISPUTA DE PRIMERA PARTE SOBRE LA PROPIA PÓLIZA ES OTRO RELOJ Y SE NOMBRA POR SEPARADO: la acción sobre la póliza como contrato cae en los DIEZ años residuales del § 9-1-13(a). |
| Regulador | Rhode Island Department of Business Regulation, Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Rhode Island →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el descubrimiento (Limitations Act, s. 5), con el test de cuatro elementos del s. 6(1) y con un rasgo propio de Saskatchewan que perjudica a quien reclama: se presume que conocía los elementos de las letras (a) a (d) «on the day on which the act or omission on which the claim is based took place, unless the contrary is proved» (s. 6(2)). No puede iniciarse ningún proceso después de quince años desde el acto u omisión (s. 7(1)). |
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| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] En el régimen sin culpa por defecto es un plazo para solicitar, no un plazo de prescripción: quien reclama debe pedir la prestación «within two years after the date of the accident» o, si un profesional observa dentro de esos dos años síntomas que no eran aparentes inmediatamente después del accidente, en los dos años siguientes a esa primera observación; la reclamación por fallecimiento corre dos años desde la muerte y quien era menor tiene dos años desde que cumple dieciocho (Automobile Accident Insurance Act, s. 164(1)-(3)). Quien ha presentado una tort election demanda en su lugar, y a esa acción se aplica el plazo de dos años desde el descubrimiento de la Limitations Act. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 90 días desde el rechazo [1] Es mucho más corto que cualquier plazo general de prescripción: quien reclama puede apelar la decisión de la aseguradora «to either the Court of King’s Bench or the appeal commission within the later of: (a) 90 days after the date of insurer’s written decision; and (b) if a claimant has requested mediation … 90 days after the date of the mediator’s written statement … declaring that the mediation is completed» (Automobile Accident Insurance Act, s. 191(1)), y elegir el tribunal cierra la vía de la comisión (s. 191(2)). La mediación debe pedirse dentro de los 90 días siguientes a la decisión escrita (s. 190(2)). Dos decisiones tienen 180 días en su lugar: las prestaciones retenidas tras una acusación penal (s. 107(4)) y la determinación de responsabilidad de una persona no residente (s. 109(2)). |
| Regulador | Saskatchewan Government Insurance (SGI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Saskatchewan →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [1] La obligación de reparar se extingue cuando ha subsistido cinco años continuos sin reclamación ni reconocimiento (Prescription and Limitation (Scotland) Act 1973, s. 6(1)). |
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| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que se sufrieron las lesiones o, si es posterior, desde que el demandante conoció —o pudo razonablemente conocer— los hechos esenciales (s. 17(2)). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Escocia →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [5] Tres años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes o efectos, incluida la acción de recuperación específica de bienes muebles» (§ 15-3-530(4)). Corre desde el accidente, no desde el conocimiento: el momento inicial del § 15-3-535, «supo o con diligencia razonable debería haber sabido», está adscrito específicamente al apartado (5), el de lesiones personales, y aquí no se extiende más allá de sus propias palabras. El apartado (3) de la misma sección, referido a la intrusión o el daño en bienes inmuebles, es una disposición distinta. |
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| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [5] Tres años para «una acción por agresión, lesiones, o cualquier lesión a la persona o a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté enumerada por la ley» (§ 15-3-530(5)), y el momento inicial es el conocimiento porque el § 15-3-535 lo adscribe a ese apartado en sus propios términos: «todas las acciones iniciadas al amparo del § 15-3-530(5) deben interponerse dentro de los tres años siguientes a que la persona supiera o con diligencia razonable debiera haber sabido que tenía una acción». La nota del editor en ambas secciones registra que el plazo se redujo de seis a tres años en 1988. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [5] Tres años para «una acción sobre un contrato, obligación o responsabilidad, expresa o implícita» (§ 15-3-530(1)): los mismos tres años que los plazos de responsabilidad civil, de modo que demandar a la propia aseguradora no otorga tiempo adicional, algo inusual en este conjunto de datos. Y el apartado que dejaría sin efecto la cláusula de plazo abreviado de una póliza «pese a cualquier cláusula, condición o limitación contenida en la póliza en contrario» es el § 15-3-530(8), que en su literalidad alcanza a las pólizas «de incendio o de vida» y por tanto no protege al asegurado que demanda al amparo de una póliza de automóvil. Conviene leer la cláusula de plazo de demanda de la póliza de auto, porque con este texto nada la desactiva. Si alguna otra disposición del Título 38 fija un suelo a esa cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma; los capítulos 38-59, 38-61, 38-63 y 38-77 se leyeron íntegros y no contienen ninguna. |
| Regulador | South Carolina Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Carolina del Sur →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 30 días desde la reclamación [3] TREINTA DÍAS, Y EN DAKOTA DEL SUR EL PLAZO ES LEGAL Y NO ADMINISTRATIVO, a diferencia de Alaska, Delaware, Nebraska y Virginia Occidental, donde las cifras viven en un reglamento. «En el trato con el asegurado o su representante, los actos o prácticas desleales o engañosos en el negocio del seguro incluyen, sin limitarse a ellos, los siguientes: (1) No acusar recibo y actuar dentro de treinta días sobre las comunicaciones relativas a siniestros surgidos al amparo de pólizas de seguro y no adoptar ni seguir normas razonables para la investigación diligente de tales siniestros» (§ 58-33-67(1), historia «SL 1986, ch 422, § 2; SL 1989, ch 439, § 3»). Conviene notar que UN SOLO PLAZO CUBRE LOS DOS DEBERES —acusar recibo Y actuar—, lo que es inusual. Los días figuran SIN CALIFICATIVO: la sección no dice «hábiles» ni «laborables», así que son días naturales según el texto, como en Hawái e Iowa y a diferencia de los días hábiles de Alaska y Nebraska. DOS LÍMITES VIAJAN CON LA CIFRA. La sección está redactada «en el trato con el asegurado o su representante», por lo que no alcanza con claridad al reclamante tercero. Y el § 58-33-69 dice expresamente que «nada de lo dispuesto en los §§ 58-33-66 a 58-33-69, ambos inclusive, concede una acción privada», de modo que esos treinta días los hace cumplir la División de Seguros y no el tomador: la misma forma que el § 33-11-4a de Virginia Occidental. NO SE PUBLICA NINGÚN PLAZO DE ACEPTACIÓN O RECHAZO NI DE PAGO PARA DAKOTA DEL SUR, y la razón se explica en las notas en lugar de dejarse en silencio. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] SEIS AÑOS: el doble que el plazo de lesiones, y una de las separaciones más amplias de este conjunto de datos, con el orden INVERTIDO respecto de los estados en que el daño material es el plazo más corto. «Salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto, las siguientes acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden iniciarse dentro de seis años desde el nacimiento de la acción: … (4) La acción por tomar, retener o dañar cualesquiera bienes o efectos, incluidas las acciones para la recuperación específica de bienes muebles» (§ 15-2-13(4)). Un vehículo dañado es «bienes o efectos» según el propio apartado. ATENCIÓN A LA SALVEDAD INICIAL, compartida con la sección de lesiones y que es justo el lugar donde estaría un plazo específico de tráfico si existiera: «salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto». |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años desde el nacimiento de la acción, y el apartado que lo fija tiene tres palabras: «Salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto, las siguientes acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden iniciarse dentro de tres años desde el nacimiento de la acción: … (3) La acción por lesión personal» (§ 15-2-14(3), historia «SDC 1939, § 33.0232 (5); SL 1945, ch 144»). Dakota del Sur fija el plazo de lesiones con esa sola expresión, y NO SE ENCONTRÓ NINGÚN PLAZO ESPECÍFICO DE VEHÍCULOS DE MOTOR en nada de lo leído. |
| Regulador | South Dakota Division of Insurance, Department of Labor and Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Dakota del Sur →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 3 meses desde la reclamación [3] Oferta motivada o respuesta motivada en tres meses desde la reclamación, tanto en daños personales como materiales; el retraso devenga intereses legales. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 1 años desde que se conoció el daño [1] Responsabilidad civil por culpa o negligencia (Código Civil art. 1968.2), contado desde que lo supo el agraviado. |
| Plazo para demandar por lesiones | 1 años desde que se conoció el daño [1] Mismo plazo de un año; en lesiones el cómputo empieza con la estabilización de las lesiones, no con la fecha del choque, según jurisprudencia consolidada. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Acciones derivadas del contrato de seguro: dos años en seguros de daños, cinco en seguros de personas (LCS art. 23). |
| Regulador | Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en España →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [3] Días naturales desde el aviso del siniestro, para acusar recibo, iniciar la investigación y pedir los documentos que necesita (30 días hábiles para aseguradoras de líneas excedentes). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 15 días desde la reclamación [3] Días hábiles desde que la aseguradora recibe todos los elementos que exigió como prueba final de la pérdida; puede prorrogar una vez 45 días con motivos por escrito. |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 5 días desde la reclamación [3] Días hábiles desde que te notifica que pagará. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] En caso de fallecimiento, los dos años cuentan desde la fecha de la muerte. |
| Regulador | Texas Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Texas →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 30 días desde la reclamación [1] Es el plazo de pago de la protección contra lesiones personales y el único plazo legal que Utah tiene. Las prestaciones se pagan mensualmente a medida que se incurren los gastos, y «las prestaciones de cualquier periodo quedan vencidas si no se pagan dentro de los 30 días siguientes a que la aseguradora reciba prueba razonable del hecho y del importe de los gastos incurridos en ese periodo»; si la prueba razonable cubre solo una parte de la reclamación, esa parte vence por sí sola. Lo vencido devenga un uno y medio por ciento mensual, y la aseguradora obligada por una acción a pagar prestaciones vencidas debe abonar además al reclamante unos honorarios razonables de abogado (§ 31A-22-309(5)). En esta ficha no se indica plazo de acuse de recibo ni de decisión: el § 31A-26-301(1)(b) deja «los plazos dentro de los cuales debe hacerse el pago para ser puntual» a un reglamento del comisionado, y ese reglamento no se ha verificado todavía contra un texto primario. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [3] Cuatro años, y el Código lo dice dos veces: el § 78B-2-307(3) alcanza «una reclamación por daño a bienes muebles del vehículo de motor de la parte agraviada … o a bienes muebles derivado de un accidente en que intervenga un vehículo de motor», y el § 78B-2-305(1)(c)(ii) saca expresamente las reclamaciones de tráfico —«incluido un accidente entre un vehículo de motor y una bicicleta»— del plazo general de tres años de bienes muebles. Ambas secciones fueron reformadas por la misma ley de 2023. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [3] La lesión por accidente cae en el plazo residual de cuatro años, «por remedios no previstos de otro modo por la ley» (§ 78B-2-307(4)), porque ninguna sección del capítulo de prescripciones enumera la lesión personal; el capítulo se leyó íntegro para comprobarlo. La acción por muerte por hecho ajeno es la trampa: prescribe a los dos años (§ 78B-2-304(3)), la mitad del plazo de lesiones, por el mismo choque. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [4] «La acción sobre una póliza o contrato escrito de seguro de primera parte debe iniciarse dentro de los tres años siguientes al inicio del siniestro» (§ 31A-21-313(1)(a)): menos que el plazo de cuatro años de responsabilidad civil, y contado desde el siniestro, no desde una denegación. Dos coberturas se exceptúan a cuatro años, cada una con su propia fecha de retroactividad: la de conductores sin seguro desde el 14 de mayo de 2019 (§ 31A-22-305(11)) y la de protección contra lesiones personales desde el 3 de mayo de 2023 (§ 31A-22-307(7)). Ninguna póliza de Utah puede acortarlos: el § 31A-21-313(3)(a) anula la cláusula que limite el plazo «por debajo del autorizado por la ley». En sentido contrario, el § 31A-21-313(4)(a) impide por regla general demandar a la aseguradora para exigir el pago hasta lo primero de estas tres cosas: 60 días desde la prueba del siniestro, la renuncia de la aseguradora a exigirla, o su denegación del pago íntegro. |
| Regulador | Utah Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Utah →
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Tres años: «§ 512. Agresión y vías de hecho; detención ilegal; injuria y calumnia; lesiones a personas o bienes. LAS ACCIONES POR LAS SIGUIENTES CAUSAS SE EJERCITARÁN DENTRO DE TRES AÑOS DESDE QUE NACE LA ACCIÓN, Y NO DESPUÉS: … (5) EL DAÑO A BIENES MUEBLES SUFRIDO POR EL ACTO O LA OMISIÓN DE OTRO.» Vermont es un estado de RELOJ ÚNICO, tres años tanto para el cuerpo como para el coche; pero las dos mitades no comparten desencadenante, y en eso es cuidadosa esta fila. LA MENCIÓN AL DESCUBRIMIENTO DEL APARTADO (4) ESTÁ ANCLADA SOLO A LAS LESIONES A LA PERSONA; EL APARTADO (5) NO LLEVA NINGUNA PRECISIÓN SOBRE EL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN, de modo que la reclamación por los bienes corre por la regla general y ESTA FILA NO AFIRMA PARA ELLA UN DESENCADENANTE DE DESCUBRIMIENTO. Reformado por 1967, No. 32, § 2, con efecto desde el 16 de marzo de 1967, y por 1975, No. 248 (Adj. Sess.), § 2. |
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| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años y, de forma inusual, DESDE EL DESCUBRIMIENTO SEGÚN EL PROPIO TEXTO LEGAL, que es el detalle que una paráfrasis omite sin falta. «Las acciones por las siguientes causas se ejercitarán dentro de tres años desde que nace la acción, y no después: (1) agresión y vías de hecho; (2) detención ilegal; (3) injuria y calumnia; (4) salvo lo dispuesto de otro modo en este capítulo, LAS LESIONES A LA PERSONA SUFRIDAS POR EL ACTO O LA OMISIÓN DE OTRA PERSONA, ENTENDIÉNDOSE QUE LA ACCIÓN NACE EN LA FECHA DEL DESCUBRIMIENTO DE LA LESIÓN» (12 V.S.A. § 512(4)). Así que Period.from es «discovery» y no «accident», y publicar «accident» para la lesión corporal en Vermont sería erróneo. EL CONTRASTE CON SU VECINO ES EXACTO Y MERECE DECIRSE: el § 5-219(4) de Idaho dice lo contrario para sus propios dos años —la acción nace en el momento del hecho y el plazo «no se prorrogará por razón de consecuencias o daños continuados derivados de ello»—, de modo que los dos estados difieren en el DESENCADENANTE además de en la duración, y una generalización regional falla en ambos sentidos. Nótese la reserva inicial del propio apartado, «salvo lo dispuesto de otro modo en este capítulo», que aquí no se comprobó. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años para la acción sobre la póliza, que llega por el plazo civil residual de Vermont y no por ninguna disposición de seguros: «§ 511. Acción civil. La acción civil, salvo la ejercitada sobre la sentencia o resolución de un tribunal de registro de los Estados Unidos, de este o de otro estado, Y SALVO LO QUE SE DISPONGA DE OTRO MODO, SE EJERCITARÁ DENTRO DE SEIS AÑOS DESDE QUE NACE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS» (reformado por 1959, No. 261, § 3). DOS COSAS QUE ESTA FILA NO AFIRMA SE DICEN EN LUGAR DE DEJARSE IMPLÍCITAS. La reserva «salvo lo que se disponga de otro modo» no se comprobó, y ninguna ley de Vermont leída para esta jurisdicción fija un plazo más corto para una reclamación de primera parte de automóvil; y NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA, de modo que una cláusula contractual puede acortar los seis años. Nótese además que los treinta días del § 941(g) no son un plazo de prescripción de ninguna clase: son un deber de información a cargo de la aseguradora. |
| Regulador | Vermont Department of Financial Regulation, Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Vermont →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [4] Días hábiles, y la norma lo dice así: dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de un siniestro bajo una póliza individual la aseguradora debe acusar recibo, y esos mismos 10 días hábiles rigen para cualquier comunicación posterior del reclamante que razonablemente espere respuesta (WAC 284-30-360(1), (3)). Los contratos colectivos tienen 15. Convertirlo a días naturales falsearía la norma. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [4] Aquí son días naturales, y el capítulo lo dice: la investigación debe completarse en 30 días naturales desde la notificación salvo que razonablemente no pueda serlo, en cuyo caso se debe al reclamante una motivación escrita y un nuevo aviso escrito cada 30 días (WAC 284-30-370(1)(a)–(b)); dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación la aseguradora debe comunicar por escrito al reclamante de primera parte si acepta o deniega, y toda denegación debe citar la disposición, condición o exclusión concreta en que se apoya (WAC 284-30-380(1), (3)). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 15 días desde la reclamación [4] De nuevo días hábiles: 15 días hábiles para entregar el pago de un siniestro acordado una vez que las liberaciones debidamente firmadas u otros documentos de transacción llegan a la aseguradora o a su abogado, 20 días hábiles para facilitar una liberación que corresponda a la aseguradora y 3 días hábiles para que se honre un giro de transacción tras el aviso de recepción por el banco pagador (WAC 284-30-330(15), (16)). Los 15 días ceden ante cualquier ley, reglamento o cláusula contractual que fije su propio plazo de pago. Un presupuesto suplementario o la factura final del taller elegido se responden por escrito en 5 días hábiles (WAC 284-30-390(1)(b)(iii)). |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] «Una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles»: tres años (RCW 4.16.080(2)). El apartado (1) de la misma sección trata del deterioro o la intrusión en bienes inmuebles y no es la disposición sobre daños al vehículo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] El mismo apartado lleva los dos relojes: «cualquier otra lesión a la persona o a los derechos de otro no enumerada más adelante»: tres años (RCW 4.16.080(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] «Una acción sobre un contrato escrito, o responsabilidad expresa o implícita derivada de un acuerdo escrito»: seis años (RCW 4.16.040(1)). Es el techo legal, no el plazo práctico: rige la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza, y el RCW 48.18.200(1)(c) solo prohíbe que esa cláusula baje de un año, anulando lo más corto. Si la cobertura de colisión de una póliza de auto es «seguro de bienes» a efectos de ese apartado —lo que decide si ese año corre desde el nacimiento de la acción o desde la fecha del siniestro— no lo resuelve el texto y aquí no se afirma. |
| Regulador | Washington State Office of the Insurance Commissioner |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Washington →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 15 días desde la reclamación [3] Quince días HÁBILES: «Toda aseguradora, al recibir la notificación de un siniestro, deberá, dentro de quince (15) días hábiles, acusar recibo de ese aviso salvo que se haga el pago íntegro dentro de ese plazo. Si el acuse se hace por medio distinto del escrito, se hará constar en el expediente de siniestro de la aseguradora una anotación adecuada y fechada. El aviso dado a un agente de la aseguradora será aviso a la aseguradora» (W. Va. C.S.R. § 114-14-5.1). La escapatoria es el pago ÍNTEGRO, no un pago parcial. Los mismos quince días hábiles se aplican a la respuesta a cualquier otra comunicación pertinente del reclamante que razonablemente espere respuesta (§ 5.3) y a la respuesta escrita completa a una consulta del Comisionado de Seguros distinta del aviso de una reclamación administrativa de tercera parte (§ 5.2). |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 30 días desde la reclamación [3] TREINTA DÍAS NATURALES SON EL RELOJ EXTERIOR, Y LA ESTRUCTURA NO SE PARECE A LA DE NINGÚN OTRO ESTADO DE ESTE CONJUNTO DE DATOS: TRES UNIDADES EN DOS APARTADOS, CITADAS COMO ESTÁN ESCRITAS. «Si la aseguradora necesita más de treinta (30) días naturales desde la fecha en que se recibe la prueba del siniestro de un reclamante de primera parte, o el aviso de siniestro de un reclamante de tercera parte, para determinar si el siniestro debe aceptarse o negarse, lo comunicará por escrito al reclamante dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento de ese plazo de treinta días. Si la investigación sigue incompleta, la aseguradora comunicará por escrito la demora al reclamante cada cuarenta y cinco (45) días naturales en adelante hasta que la investigación concluya» (§ 114-14-6.7). El desencadenante difiere según el reclamante: prueba del siniestro para la primera parte, aviso de siniestro para la tercera. Por separado, una vez concluida efectivamente la investigación la aseguradora solo dispone de diez días hábiles para actuar: «Dentro de diez (10) días hábiles desde la conclusión de su investigación, la aseguradora negará el siniestro por escrito o hará una oferta escrita» (§ 114-14-6.3). |
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 15 días desde la reclamación [3] Quince días HÁBILES desde el acuerdo o desde que el reclamante cumpla cualquier condición, según lo que ocurra más tarde: «Toda aseguradora pagará cualquier importe finalmente acordado en la liquidación de todo o parte de un siniestro no más tarde de quince (15) días hábiles desde la recepción de ese acuerdo por la aseguradora o desde la fecha en que el reclamante cumpla cualquier condición fijada en el acuerdo, según lo que ocurra más tarde» (§ 114-14-6.11). Alcanza tanto a las liquidaciones parciales como a las totales. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años «a contar desde que haya nacido el derecho a interponerla, si es por daño a los bienes» (§ 55-2-12(a)). Los dos plazos de Virginia Occidental son de dos años y ambos están en un mismo par de apartados de una sola sección, así que no hay la ambigüedad que en otros estados de este conjunto de datos hubo que corregir. La clase residual de un año del apartado (c) —acciones «de tal naturaleza que, si una parte falleciera, no habrían podido interponerse en el common law por o contra su representante personal»— no alcanza a ninguno de los dos. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años «a contar desde que haya nacido el derecho a interponerla, si es por daños por lesiones personales» (§ 55-2-12(b)), en la sección titulada «Acciones personales no previstas de otro modo». Pero el plazo que sorprende en Virginia Occidental no es ninguno de los dos de dos años: el único remedio del reclamante de tercera parte frente a una práctica desleal de liquidación de siniestros es una reclamación administrativa ante el Comisionado de Seguros, y vence en UN AÑO desde el descubrimiento real o presunto; véase el plazo registrado frente a la aseguradora. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde que se conoció el daño [5] ESTE NO ES UN PLAZO PARA DEMANDAR: ES EL ÚNICO REMEDIO DEL RECLAMANTE DE TERCERA PARTE, Y ES ADMINISTRATIVO. Virginia Occidental ha suprimido de plano la acción de mala fe de tercera parte: «El reclamante de tercera parte no podrá ejercitar una acción privada ni ninguna otra acción contra persona alguna por una práctica desleal de liquidación de siniestros. El único remedio del reclamante de tercera parte contra una persona por una práctica desleal de liquidación de siniestros o por la liquidación de mala fe de un siniestro es la presentación de una reclamación administrativa ante el Comisionado … El reclamante de tercera parte no podrá incluir alegaciones de prácticas desleales de liquidación de siniestros en ningún litigio principal contra un asegurado» (§ 33-11-4a(a)). La reclamación «se presentará lo antes posible y en ningún caso más tarde de un año desde el descubrimiento real o presunto de la supuesta práctica desleal» (§ 33-11-4a(b)): la mitad del plazo de prescripción de dos años de la reclamación principal, y con otro reloj. Debe indicar la norma infringida si se conoce, los hechos, las personas implicadas y la cláusula de póliza pertinente; si es deficiente, «el Comisionado contactará con el reclamante de tercera parte dentro de quince días desde la recepción de la reclamación para obtener la información necesaria». En esta ronda no se leyó ningún plazo de prescripción de Virginia Occidental para DEMANDAR sobre una póliza de automóvil, y aquí no se indica ninguno. |
| Regulador | West Virginia Offices of the Insurance Commissioner |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Virginia Occidental →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Acusar recibo | 10 días desde la reclamación [8] Días consecutivos —la palabra es de la propia norma, es decir días naturales—, porque el reglamento obliga a las aseguradoras a acusar recibo de las comunicaciones y a facilitar formularios «promptly» y acto seguido define la palabra: «the terms “prompt” and “promptly” as used in this rule shall mean responsive action within 10 consecutive days from receipt of a communication concerning a claim» (Wis. Admin. Code § Ins 6.11(4)). Dos límites viajan con esa cifra: la definición es expresamente subsidiaria, «except where a different period is specified by statute or rule», y el § Ins 6.11(3)(a) solo alcanza la conducta «without just cause and performed with such frequency as to indicate general business practice». Wisconsin no tiene ningún plazo de decisión: el deber de confirmar o negar la cobertura se formula solo como «within a reasonable time after proof of loss has been completed» (§ Ins 6.11(3)(a)7.), sin ningún número de días en todo el capítulo. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Tres años, no los seis que rigen los bienes en general, porque el § 893.52(2) excluye la acción «to recover damages for an injury to real or personal property that are caused or sustained by, or that arise from, an accident involving a motor vehicle». Publicar seis sería el doble de lo debido. El plazo corre desde el nacimiento de la acción «or be barred», y la sección no fija regla al respecto. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años para la acción por lesiones a la persona, «including an action to recover damages for injuries to the person caused or sustained by or arising from an accident involving a motor vehicle» (Wis. Stat. § 893.54(1m)(a)): la ley nombra expresamente el caso de tráfico, así que no hace falta ningún paso interpretativo. La acción por muerte derivada de un accidente de tráfico es más corta: dos años (§ 893.54(2m)), frente a los tres de las demás acciones por muerte, y más corta que el plazo del propio lesionado que sobrevive al mismo choque. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años, no los seis generales: «An action upon a motor vehicle insurance policy described in s. 632.32(1) shall be commenced within 3 years after the cause of action accrues or be barred», y la regla de nacimiento de la acción elimina la trampa habitual, porque «a cause of action involving underinsured motorist coverage … or uninsured motorist coverage … accrues on the date there is final resolution of the underlying cause of action by the injured party against the tortfeasor» (Wis. Stat. § 893.43(2)). La póliza no puede acortarlo: ninguna póliza de seguro puede «limit the time for beginning an action on the policy to a time less than that authorized by the statutes», ni fijar el tribunal, ni disponer que no cabe acción alguna (§ 631.83(3)(a)–(c)). Eso sí, hay que esperar: no cabe acción para exigir el pago hasta al menos sesenta días después de la prueba del siniestro (§ 631.83(4)). |
| Regulador | Office of the Commissioner of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Wisconsin →
| Plazos de respuesta de la aseguradora — Aceptar o rechazar | 45 días desde la reclamación [3] CUARENTA Y CINCO DÍAS, Y UNA SOLA FRASE HACE EL TRABAJO DE TRES RELOJES —aceptación, rechazo Y pago—, algo que ninguna otra jurisdicción de este conjunto de datos logra en una sola disposición: «Las reclamaciones de prestaciones al amparo de una póliza de seguro de daños o de responsabilidad serán rechazadas o aceptadas y pagadas por la aseguradora o por el agente designado para recibirlas dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la reclamación y de las facturas que la sustenten» (§ 26-15-124(b)). El apartado (a) fija esos mismos cuarenta y cinco días para las reclamaciones de vida, accidentes y salud «tras la recepción de las pruebas del siniestro y la evidencia que las sustente», con una excepción cuando una cuestión de accidentes y salud pasa al comité estatal de revisión médica por pares. Los días figuran SIN CALIFICATIVO —la sección no dice «hábiles» ni «laborables»—, de modo que son naturales según el texto. Y ATENCIÓN AL DESENCADENANTE: «la recepción de la reclamación y de las FACTURAS que la sustenten», no una declaración formal de siniestro, que para una reclamación de vehículo es la factura de reparación. |
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| Plazos de respuesta de la aseguradora — Pagar | 45 días desde la reclamación [3] Los MISMOS cuarenta y cinco días del § 26-15-124(b): la frase exige que la reclamación sea «rechazada o aceptada Y PAGADA … dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la reclamación y de las facturas que la sustenten», de modo que la decisión y el pago comparten un solo plazo en lugar de correr sucesivamente como en Iowa, Kansas, Nebraska y Virginia Occidental. EL REMEDIO POR EL EXCESO ES FIJO E IMPRIMIBLE, A DIFERENCIA DEL TIPO VARIABLE DE NUEVO MÉXICO: «si se determina que la compañía se niega a pagar el importe completo de una pérdida cubierta por la póliza y que la negativa es irrazonable o carente de causa, cualquier tribunal que dicte sentencia a favor de un reclamante podrá conceder también una suma razonable como honorarios de abogado e intereses del diez por ciento (10 %) anual» (§ 26-15-124(c)). Conviene ver qué es más débil y qué más fuerte que en Dakota del Sur: el criterio es «irrazonable o carente de causa» y no «vejatoria o sin causa razonable», pero la concesión es DISCRECIONAL («podrá») donde el § 58-12-3 de Dakota del Sur es obligatoria. |
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años desde el nacimiento de la acción: «Las acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden ejercitarse dentro de los siguientes plazos desde que nace la acción: … (iv) Dentro de cuatro (4) años, la acción por: … (B) La recuperación de bienes muebles o por tomar, retener o dañar bienes muebles» (§ 1-3-105(a)(iv)(B)). WYOMING ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO PARA UN CHOQUE: la lesión y el daño al vehículo comparten un mismo plazo de cuatro años EN EL MISMO APARTADO, algo lo bastante inusual como para decirlo con claridad, porque la mayoría de los estados los separan. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años desde el nacimiento de la acción, y WYOMING NO NOMBRA NINGÚN PLAZO PROPIO DE «LESIÓN PERSONAL»: la reclamación por lesiones encaja en la cláusula extracontractual residual: «(iv) Dentro de cuatro (4) años, la acción por: … (C) Una lesión a los derechos del demandante que no nazca de contrato y no esté aquí enumerada» (§ 1-3-105(a)(iv)(C)). Atención a la excepción que hace de los cuatro años el plazo específico de la NEGLIGENCIA: el apartado (v) concede solo un año para la agresión, la injuria y la calumnia. |
| Regulador | Wyoming Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Wyoming →
Preguntas frecuentes
¿Tengo que dar una declaración grabada a la aseguradora del otro conductor?
Tu propia póliza casi con seguridad te obliga a colaborar con tu aseguradora. La del otro conductor es otra cosa: con ella no tienes ningún deber contractual, y lo que digas queda grabado y se usa para discutir la culpa y el alcance de las lesiones. Muchos reclamantes la dan y no pasa nada; si estás lesionado, o la culpa se discute, es razonable no darla hasta haberte asesorado.
¿Reclamar me cuesta dinero si la culpa fue del otro conductor?
Puede que tengas que adelantar tu franquicia al reclamar a tu propia póliza y recuperarla cuando tu aseguradora cobre a la otra parte: eso es la subrogación, y puede tardar meses. Si una reclamación sin culpa afecta a tu prima es otra pregunta distinta, y la respuesta cambia según la aseguradora y la jurisdicción.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Corren dos relojes distintos. La póliza exige aviso inmediato, se mide en días y lo hace cumplir la aseguradora. La ley te da un plazo mucho más largo para demandar, se mide en años y lo hace cumplir un tribunal. Perder el primero puede costarte la cobertura aunque el segundo siga abierto; los plazos de tu jurisdicción están más abajo.
Esta guía explica cómo funcionan en general las reclamaciones al seguro de auto. No es asesoría legal, no crea una relación abogado-cliente y no expresa la posición de ninguna aseguradora ni regulador. Las reglas cambian y varían según la jurisdicción; consulta la norma citada y, cuando haya dinero o lesiones en juego, acude a un profesional habilitado en tu jurisdicción.